Los que cobren hasta $15.000 de aguinaldo no pagarán Ganancias

Los que cobren hasta $15.000 de aguinaldo no pagarán Ganancias

El Poder Ejecutivo nacional oficializó la publicación del decreto que establece el beneficio excepcional para los trabajadores

ESTATALES. El aguinaldo comenzará a depositarse a partir de mañana. la gaceta / Foto de José Nuno ESTATALES. El aguinaldo comenzará a depositarse a partir de mañana. la gaceta / Foto de José Nuno
15 Diciembre 2016
1. El Gobierno nacional publicó ayer en el Boletín Oficial el decreto que exime del pago del Impuesto a las Ganancias al Sueldo Anual Complementario correspondiente a diciembre. El beneficio abarcará hasta un límite de 15.000 pesos, tal como había sido anunciado oficialmente meses atrás.
2. La norma que lleva el número 1253/2016, establece "a los fines de la determinación del impuesto a las Ganancias correspondiente a la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario del año 2016, increméntase en 15.000 pesos el importe de la deducción especial".
3. Con la definición del decreto firmado por el presidente Mauricio Macri, el ministro de Hacienda, Alfonso Prat-Gay y el jefe de Gabinete, Marcos Peña, quedarán exceptuados del pago del tributo los aguinaldos que no superen los 15.000 pesos de bolsillo, lo que equivale a un sueldo promedio mensual de 35.000 pesos bruto.
4. En tanto, el artículo 2 del decreto establece que ese beneficio alcanzará a los haberes que no superen los 55.000 pesos en bruto promedio entre julio y diciembre. Aquellos que ganan entre 30.000 y 50.000 pesos brutos pagarían el impuesto por lo que exceda de esos 15.000 pesos.
5. "Se considera apropiado aliviar la carga tributaria, en este caso de la producida por el segundo Sueldo Anaual Complementario del año 2016 que percibirán los trabajadores en relación de dependencia y jubilados con determinados niveles de ingresos", señala la norma entre sus considerandos del decreto presidencial.
6. De acuerdo con la ley nacional 27.073, los empleadores tienen hasta el 18 de diciembre de cada año para depositar el segundo tramo del medio aguinaldo a sus trabajadores. No obstante, como este año el 18 cae un domingo, el plazo se adelanta al viernes 16, advierten los especialistas.
7. ¿Qué sucede si los aguinaldos ya fueron liquidados por el Estado y por las empresas? Los tributaristas consideran que es fundamental esperar que la AFIP reglamente el beneficio. Algunos sostienen que es posible que se liquide con el sueldo de este mes. Otros, en cambio, creen que puede haber planilla adicional.
8. En el sector público provincial, el medio aguinaldo será depositado desde mañana (para cobrar el sábado) en un cronograma que se extenderá hasta el miércoles. En el primer turno cobrarán los agentes de la administración central y de los poderes Judicial y Legislativo. En el último turno figuran los empleados del Siprosa.
1. El Gobierno nacional publicó ayer en el Boletín Oficial el decreto que exime del pago del Impuesto a las Ganancias al Sueldo Anual Complementario correspondiente a diciembre. El beneficio abarcará hasta un límite de 15.000 pesos, tal como había sido anunciado oficialmente meses atrás.

2. La norma que lleva el número 1253/2016, establece "a los fines de la determinación del impuesto a las Ganancias correspondiente a la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario del año 2016, increméntase en 15.000 pesos el importe de la deducción especial".

3. Con la definición del decreto firmado por el presidente Mauricio Macri, el ministro de Hacienda, Alfonso Prat-Gay y el jefe de Gabinete, Marcos Peña, quedarán exceptuados del pago del tributo los aguinaldos que no superen los 15.000 pesos de bolsillo, lo que equivale a un sueldo promedio mensual de 35.000 pesos bruto.

4. En tanto, el artículo 2 del decreto establece que ese beneficio alcanzará a los haberes que no superen los 55.000 pesos en bruto promedio entre julio y diciembre. Aquellos que ganan entre 30.000 y 50.000 pesos brutos pagarían el impuesto por lo que exceda de esos 15.000 pesos.

5. "Se considera apropiado aliviar la carga tributaria, en este caso de la producida por el segundo Sueldo Anaual Complementario del año 2016 que percibirán los trabajadores en relación de dependencia y jubilados con determinados niveles de ingresos", señala la norma entre sus considerandos del decreto presidencial.

6. De acuerdo con la ley nacional 27.073, los empleadores tienen hasta el 18 de diciembre de cada año para depositar el segundo tramo del medio aguinaldo a sus trabajadores. No obstante, como este año el 18 cae un domingo, el plazo se adelanta al viernes 16, advierten los especialistas.

7. ¿Qué sucede si los aguinaldos ya fueron liquidados por el Estado y por las empresas? Los tributaristas consideran que es fundamental esperar que la AFIP reglamente el beneficio. Algunos sostienen que es posible que se liquide con el sueldo de este mes. Otros, en cambio, creen que puede haber planilla adicional.

8. En el sector público provincial, el medio aguinaldo será depositado desde mañana (para cobrar el sábado) en un cronograma que se extenderá hasta el miércoles. En el primer turno cobrarán los agentes de la administración central y de los poderes Judicial y Legislativo. En el último turno figuran los empleados del Siprosa.

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