Habrá tiempo hasta el 21 de noviembre para depositar dinero del blanqueo

Habrá tiempo hasta el 21 de noviembre para depositar dinero del blanqueo

Se mantiene la fecha del 31 de este mes para la apertura de cuentas especiales donde se colocará el dinero.

ARCHIVO LA GACETA ARCHIVO LA GACETA
20 Octubre 2016
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dará tiempo hasta el 21 de noviembre próximo para efectuar el blanqueo de efectivo en el país, aunque aclaró que mantiene la fecha del 31 de octubre para la apertura de cuentas especiales donde se colocará la plata.
El organismo publicará mañana en el Boletín Oficial una norma en la que definirá ese nuevo plazo máximo para efectuar los depósitos en las cuentas del sinceramiento de efectivo en el marco del blanqueo de capitales.
La nueva norma dictada por la AFIP aclara que el 31 de octubre de 2016, inclusive, es la fecha límite para efectuar la apertura de las "Cuentas especiales dispuestas por la ley 27.260 del Régimen de Sinceramiento Fiscal" en una entidad financiera del país y obtener la CBU de cada una.
La nueva reglamentación establecerá que el 21 de noviembre, inclusive, será el vencimiento para efectuar el depósito en el banco en el que hayan sido abiertas dichas cuentas, para lo cual deberá contar con el comprobante emitido por la AFIP y, en su caso, la constancia de VEP pagado debidamente firmados por el declarante.
Los bancos habían pedido esta suerte de prórroga a la AFIP debido a la gran cantidad de cuentas que se abrieron a último momento para realizar esta operación.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dará tiempo hasta el 21 de noviembre próximo para efectuar el blanqueo de efectivo en el país, aunque aclaró que mantiene la fecha del 31 de este mes para la apertura de cuentas especiales donde se colocará el dinero.

El organismo publicará mañana en el Boletín Oficial una norma en la que definirá ese nuevo plazo máximo para efectuar los depósitos en las cuentas del sinceramiento de efectivo en el marco del blanqueo de capitales.

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La nueva norma dictada por la AFIP aclara que el 31 de octubre de 2016, inclusive, es la fecha límite para efectuar la apertura de las "Cuentas especiales dispuestas por la ley 27.260 del Régimen de Sinceramiento Fiscal" en una entidad financiera del país y obtener la CBU de cada una.

La nueva reglamentación establecerá que el 21 de noviembre, inclusive, será el vencimiento para efectuar el depósito en el banco en el que hayan sido abiertas dichas cuentas, para lo cual deberá contar con el comprobante emitido por la AFIP y, en su caso, la constancia de VEP pagado debidamente firmados por el declarante.

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Los bancos habían pedido esta suerte de prórroga a la AFIP debido a la gran cantidad de cuentas que se abrieron a último momento para realizar esta operación.

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