24 Marzo 2016 Seguir en 
BUENOS AIRES.- La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó ayer los importes anuales a partir de los cuales los empleados en relación de dependencia, jubilados y pensionados (Cuarta Categoría) deben presentar las Declaraciones Juradas Informativas. Los montos de las remuneraciones brutas anuales se fijaron así en $ 300.000 en el caso de Ganancias y $ 200.000 para Bienes Personales.
En ambos casos, la modificación abarcó el período fiscal 2015 y siguientes, aclaró la Administración en un comunicado distribuido en la jornada. La medida se implementó a través de la Resolución General 3839 publicada en el Boletín Oficial. La normativa estableció, además, que las liquidaciones anuales que debe entregar el empleador en relación a lo retenido por el impuesto, se realizarán utilizando la “Liquidación de Impuesto a las Ganancias - 4ta. Categoría Relación de Dependencia”, en reemplazo del formulario 649.
La Resolución General estipuló también nuevas deducciones entre las que se encuentran: Aportes efectuados a Cajas Complementarias de Previsión, Fondos Compensadores de Previsión o similares, creados por leyes nacionales, provinciales o municipales, Convenciones Colectivas de Trabajo o Convenios de Corresponsabilidad Gremial y todo otro aporte destinado a la obtención de un beneficio que guarde identidad con una prestación de índole previsional que tenga carácter obligatorio para el beneficiario de las rentas.
Por otro lado, diputados del Frente para la Victoria (FpV) presentaron un proyecto que propone una reforma de Ganancias, eleva el mínimo no imponible por encima de $ 63.000 y establece un nuevo sistema de actualización anual del tributo a cargo del Poder Ejecutivo Nacional. (PEN)
La iniciativa no sólo fija una nueva escala “mucho más progresiva”, sino que excluye o se devengan de ganancias el que tiene que pagar alquileres; mientras que los jubilados no pagan Ganancias y quienes viven en la Patagonia tiene una escala diferencial de este impuesto”, se fundamentó. Es impulsada por el sanjuanino José Luis Gioja junto con sus compañeros de bancada.
Según el proyecto, presentada en la Cámara Baja, el Poder Ejecutivo tendrá la facultad para corregir las escalas del tributo al comienzo del año fiscal y en igual proporción al incremento anual de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte), indicador que refleja el total de los trabajadores afiliados al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones. (Télam-DyN)
En ambos casos, la modificación abarcó el período fiscal 2015 y siguientes, aclaró la Administración en un comunicado distribuido en la jornada. La medida se implementó a través de la Resolución General 3839 publicada en el Boletín Oficial. La normativa estableció, además, que las liquidaciones anuales que debe entregar el empleador en relación a lo retenido por el impuesto, se realizarán utilizando la “Liquidación de Impuesto a las Ganancias - 4ta. Categoría Relación de Dependencia”, en reemplazo del formulario 649.
La Resolución General estipuló también nuevas deducciones entre las que se encuentran: Aportes efectuados a Cajas Complementarias de Previsión, Fondos Compensadores de Previsión o similares, creados por leyes nacionales, provinciales o municipales, Convenciones Colectivas de Trabajo o Convenios de Corresponsabilidad Gremial y todo otro aporte destinado a la obtención de un beneficio que guarde identidad con una prestación de índole previsional que tenga carácter obligatorio para el beneficiario de las rentas.
Por otro lado, diputados del Frente para la Victoria (FpV) presentaron un proyecto que propone una reforma de Ganancias, eleva el mínimo no imponible por encima de $ 63.000 y establece un nuevo sistema de actualización anual del tributo a cargo del Poder Ejecutivo Nacional. (PEN)
La iniciativa no sólo fija una nueva escala “mucho más progresiva”, sino que excluye o se devengan de ganancias el que tiene que pagar alquileres; mientras que los jubilados no pagan Ganancias y quienes viven en la Patagonia tiene una escala diferencial de este impuesto”, se fundamentó. Es impulsada por el sanjuanino José Luis Gioja junto con sus compañeros de bancada.
Según el proyecto, presentada en la Cámara Baja, el Poder Ejecutivo tendrá la facultad para corregir las escalas del tributo al comienzo del año fiscal y en igual proporción al incremento anual de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte), indicador que refleja el total de los trabajadores afiliados al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones. (Télam-DyN)







