09 Febrero 2004 Seguir en 
La Justicia tiene en su poder unos 11.000 juicios de ejecución iniciados por la Dirección General de Rentas en el último año contra los contribuyentes que no pagaron los impuestos, principalmente Inmobiliario y Automotor.
La mayoría de las demandas que se tramita en los Juzgados de Cobros y Apremios se encuentra en la etapa de sentencia firme; es decir, a punto de que los embargos de bienes, que fueron trabados por el organismo recaudador, sean ejecutados. La jueza de la I Nominación, Ana María Antun de Nanni, quien tiene a su cargo unos 8.800 juicios contra contribuyentes morosos, sostuvo a LA GACETA que muchos de ellos ya padecieron el secuestro de bienes, por lo que ahora sólo esperan una fecha para el remate.
La magistrada manifestó que las ejecuciones de Rentas incluyen tanto a los pequeños como a los grandes contribuyentes. Por eso, las deudas van desde $250 hasta los $4 millones. También explicó que el juicio de ejecución se inicia en el mismo momento en que Rentas envía las intimaciones con la correspondiente notificación de los embargos.
A partir de ese momento, la parte demandada tiene cinco días hábiles para ejercer el derecho de defensa, a través de las excepciones que están contempladas en el Código Tributario de la provincia. "Si los argumentos no son sustentables o se deja vencer ese plazo, se procede a embargar los bienes del contribuyente", detalló la jueza, quien a partir de esa situación emite una sentencia de trance que al mismo tiempo da luz verde al secuestro de los bienes en cuestión.
La mayoría de los morosos se somete a los juicios de Rentas, puesto que sólo un pequeño grupo ejerce el derecho de defensa. El principal motivo que se expone para frenar la demanda son los errores formales que presenta la boleta del impuesto, como ser el domicilio del contribuyente y el importe o el concepto de la deuda.
Los morosos que quieren litigar contra Rentas deben acudir ya sea a un abogado privado o a los servicios gratuitos del Colegio de Abogados, de la UNT o de la Defensoría del Pueblo.
Causas paralizadas
El último paso del juicio de ejecución es el remate de los bienes. Pero, si los montos que surgen de la subasta no son suficientes la medida se amplía hacia otros activos del contribuyente deudor. Por su parte, el juez de la II Nominación, Carlos Courtade, aseguró que tiene en su Juzgado unas 1.200 demandas iniciadas por Rentas durante el último año. A diferencia de Antun de Nanni, el magistrado sostuvo que hasta el momento el organismo recaudador no pidió ningún remate de bienes, por lo que la mayoría de las causas en su poder se encuentra paralizada.
Esto se debería a que Rentas prefirió no avanzar en la ejecución de los morosos hasta tanto se depure la lista de deudores, con el último plazo para la reinserción del bloqueo fiscal. Para saber cuáles serán las causas que seguirán su curso, es decir de aquellos contribuyentes que no regularizaron sus deudas, el organismo realiza una auditoría en los dos Juzgados de Cobros y Apremios, que culminaría antes de fin de mes.
Se estima que la duración de estos juicios oscila entre 80 días y 8 meses.
En tanto, el director de Rentas, Pablo Clavarino, ya inició el envío de nuevas intimaciones con la amenaza de embargo a los que se reinsertaron al bloqueo fiscal, pero permanecen en calidad de incumplidores.
La mayoría de las demandas que se tramita en los Juzgados de Cobros y Apremios se encuentra en la etapa de sentencia firme; es decir, a punto de que los embargos de bienes, que fueron trabados por el organismo recaudador, sean ejecutados. La jueza de la I Nominación, Ana María Antun de Nanni, quien tiene a su cargo unos 8.800 juicios contra contribuyentes morosos, sostuvo a LA GACETA que muchos de ellos ya padecieron el secuestro de bienes, por lo que ahora sólo esperan una fecha para el remate.
La magistrada manifestó que las ejecuciones de Rentas incluyen tanto a los pequeños como a los grandes contribuyentes. Por eso, las deudas van desde $250 hasta los $4 millones. También explicó que el juicio de ejecución se inicia en el mismo momento en que Rentas envía las intimaciones con la correspondiente notificación de los embargos.
A partir de ese momento, la parte demandada tiene cinco días hábiles para ejercer el derecho de defensa, a través de las excepciones que están contempladas en el Código Tributario de la provincia. "Si los argumentos no son sustentables o se deja vencer ese plazo, se procede a embargar los bienes del contribuyente", detalló la jueza, quien a partir de esa situación emite una sentencia de trance que al mismo tiempo da luz verde al secuestro de los bienes en cuestión.
La mayoría de los morosos se somete a los juicios de Rentas, puesto que sólo un pequeño grupo ejerce el derecho de defensa. El principal motivo que se expone para frenar la demanda son los errores formales que presenta la boleta del impuesto, como ser el domicilio del contribuyente y el importe o el concepto de la deuda.
Los morosos que quieren litigar contra Rentas deben acudir ya sea a un abogado privado o a los servicios gratuitos del Colegio de Abogados, de la UNT o de la Defensoría del Pueblo.
Causas paralizadas
El último paso del juicio de ejecución es el remate de los bienes. Pero, si los montos que surgen de la subasta no son suficientes la medida se amplía hacia otros activos del contribuyente deudor. Por su parte, el juez de la II Nominación, Carlos Courtade, aseguró que tiene en su Juzgado unas 1.200 demandas iniciadas por Rentas durante el último año. A diferencia de Antun de Nanni, el magistrado sostuvo que hasta el momento el organismo recaudador no pidió ningún remate de bienes, por lo que la mayoría de las causas en su poder se encuentra paralizada.
Esto se debería a que Rentas prefirió no avanzar en la ejecución de los morosos hasta tanto se depure la lista de deudores, con el último plazo para la reinserción del bloqueo fiscal. Para saber cuáles serán las causas que seguirán su curso, es decir de aquellos contribuyentes que no regularizaron sus deudas, el organismo realiza una auditoría en los dos Juzgados de Cobros y Apremios, que culminaría antes de fin de mes.
Se estima que la duración de estos juicios oscila entre 80 días y 8 meses.
En tanto, el director de Rentas, Pablo Clavarino, ya inició el envío de nuevas intimaciones con la amenaza de embargo a los que se reinsertaron al bloqueo fiscal, pero permanecen en calidad de incumplidores.







