18 Noviembre 2012 Seguir en 
"El anuncio presidencial tiene gusto a poco para los beneficiados, los asalariados", dice a LA GACETA Agustín Zeppa, coordinador del Colegio de Graduados en Ciencias Económicas de Tucumán. Y para el resto de los contribuyentes del impuesto a las Ganancias, según el experto, le queda una sensación de frustración. "Terminamos el año con iguales valores de importes no alcanzados para las retenciones que fueran establecidos en marzo de 2011, es decir, $ 7.900 para los casados y $ 5.700 para los trabajadores solteros", agrega.
El escenario no es del todo ideal. Tras un año y medio de falta de actualización del mínimo no imponible -y con una inflación del orden del 24%-, ya es palpable la impaciencia por una señal política sobre el tema, indica.
Zeppa afirma que el anuncio de la presidenta, Cristina Fernández, no implica una suba en el mínimo no imponible, sino que el decreto incluye sólo la eximición de la segunda cuota del aguinaldo que recibirán los empleados en diciembre. En este contexto, advierte que el salario de diciembre debe computarse como base imponible al momento de calcular el valor de la retención de Ganancias que los empleados deben abonar a la AFIP por los ingresos obtenidos en todo 2012. "Pero tiene un condicionante, ya que no son todos los medio aguinaldos, sino solamente el de los empleados que hayan percibido sueldos brutos menores a $ 25.000 entre julio a diciembre", puntualiza. En términos reales, el ahorro que verá en su bolsillo todo empleado en relación de dependencia que percibe es de $ 200 por cada $ 1.000 de medio aguinaldo. En ese aspecto, Zeppa brindó algunos ejemplos:
• Para un casado con dos hijos el beneficio de bolsillo será de $ 61,90 para un sueldo de hasta $ 10.000; $ 1.431,75 para $ 15.000, y $ 2.573 para un salario de $ 20.000.
• Para un soltero, será de $ 298,80 para un sueldo de $ 8.000; $ 788,50 para $ 10.000; $ 1.680,50 para $ 15.000, y $ 2.905 si cobra hasta $ 20.000.
Ahora bien, ¿puede la Presidenta disponer la exención a través de un decreto, cuando hay un régimen instrumentado por ley?
"Creo que no estaría habilitada para realizar una modificación de una ley por medio de un decreto. Si bien a fines de 2011 el Congreso aprobó una normativa que permite al Ejecutivo cambiar los importes contenidos en el artículo 23 (deducciones y cargas de familia), la Presidenta no tiene potestad para incluir una exención como la que anunció el jueves pasado", dice Zeppa. Por ende, agrega, sería inconstitucional.
Otra vez fueron postergados los monotributistas y los trabajadores autónomos, que no recibirán ningún beneficio por fin de año. Son 1,2 millón de monotributistas y casi 400.000 entre profesionales y técnicos.
En el caso de los autónomos, el peso de Ganancias es mayor que el de los asalariados formales, ya que no tienen la "deducción especial" que si disponen los trabajadores en relación de dependencia, sostiene el experto. A igual ingreso, el autónomo paga mucho más, además de estar alcanzado por las tasas más altas. Sin tener en cuenta que tanto los ingresos que perciben los empleados en relación de dependencia como los que reciben los trabajadores autónomos tienen el carácter de "alimentarios", finaliza Zeppa.
El escenario no es del todo ideal. Tras un año y medio de falta de actualización del mínimo no imponible -y con una inflación del orden del 24%-, ya es palpable la impaciencia por una señal política sobre el tema, indica.
Zeppa afirma que el anuncio de la presidenta, Cristina Fernández, no implica una suba en el mínimo no imponible, sino que el decreto incluye sólo la eximición de la segunda cuota del aguinaldo que recibirán los empleados en diciembre. En este contexto, advierte que el salario de diciembre debe computarse como base imponible al momento de calcular el valor de la retención de Ganancias que los empleados deben abonar a la AFIP por los ingresos obtenidos en todo 2012. "Pero tiene un condicionante, ya que no son todos los medio aguinaldos, sino solamente el de los empleados que hayan percibido sueldos brutos menores a $ 25.000 entre julio a diciembre", puntualiza. En términos reales, el ahorro que verá en su bolsillo todo empleado en relación de dependencia que percibe es de $ 200 por cada $ 1.000 de medio aguinaldo. En ese aspecto, Zeppa brindó algunos ejemplos:
• Para un casado con dos hijos el beneficio de bolsillo será de $ 61,90 para un sueldo de hasta $ 10.000; $ 1.431,75 para $ 15.000, y $ 2.573 para un salario de $ 20.000.
• Para un soltero, será de $ 298,80 para un sueldo de $ 8.000; $ 788,50 para $ 10.000; $ 1.680,50 para $ 15.000, y $ 2.905 si cobra hasta $ 20.000.
Ahora bien, ¿puede la Presidenta disponer la exención a través de un decreto, cuando hay un régimen instrumentado por ley?
"Creo que no estaría habilitada para realizar una modificación de una ley por medio de un decreto. Si bien a fines de 2011 el Congreso aprobó una normativa que permite al Ejecutivo cambiar los importes contenidos en el artículo 23 (deducciones y cargas de familia), la Presidenta no tiene potestad para incluir una exención como la que anunció el jueves pasado", dice Zeppa. Por ende, agrega, sería inconstitucional.
Otra vez fueron postergados los monotributistas y los trabajadores autónomos, que no recibirán ningún beneficio por fin de año. Son 1,2 millón de monotributistas y casi 400.000 entre profesionales y técnicos.
En el caso de los autónomos, el peso de Ganancias es mayor que el de los asalariados formales, ya que no tienen la "deducción especial" que si disponen los trabajadores en relación de dependencia, sostiene el experto. A igual ingreso, el autónomo paga mucho más, además de estar alcanzado por las tasas más altas. Sin tener en cuenta que tanto los ingresos que perciben los empleados en relación de dependencia como los que reciben los trabajadores autónomos tienen el carácter de "alimentarios", finaliza Zeppa.
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