Un quiosquero, un profesional y doña Rosa no podrán gozar de la excepción de Ganancias
Con el decreto que establece la bonificación, el Gobierno no trata de igual modo a los contribuyentes, señala un especialista. Los autónomos, además de su esfuerzo laboral, arriesgan su capital y afrontan gastos personales, afirma Yatzkaier
18 Noviembre 2012 Seguir en 
Sin tocar las alícuotas ni subir el mínimo no imponible del impuesto a las Ganancias, la presidenta Cristina Fernández apeló a una medida con efectos focalizados: que los trabajadores en relación de dependencia de la cuarta categoría impositiva tenga más plata para consumir en las tradicionales fiestas de fin de año. La jefa de Estado accedió a exceptuar a esta franja de asalariados del pago de Ganancias en el medio aguinaldo. Sin embargo, la medida desnudó las desigualdades en el trato del fisco con los contribuyentes de este resistido impuesto. Así, por ejemplo, del anuncio presidencial quedaron afuera el quiosquero, cualquier emprendedor independiente y hasta doña Rosa, que fruto de alguna herencia, alquila una casa y tributa Ganancias, como lo explica a LA GACETA Carlos Yatzkaier, del estudio contable que lleva su nombre.
Más allá del signo político gobernante, en la última década se viene acentuando cada vez en mayor proporción, el alejamiento de los montos no imponibles entre los asalariados y el resto de los contribuyentes, observa el experto consultado por nuestro diario. Yatzkaier no deja de reconocer que quienes perciben sus rentas a través del trabajo personal, deben tener mayores franquicias en este sentido que el resto de las rentas, como por ejemplo las financieras o especulativas. "Pero no es menos cierto que también los trabajadores autónomos, como profesionales en general; trabajadores de oficios como carpinteros, pintores, albañiles, u otros y comerciantes en general, que cotidianamente desarrollan sus actividades en forma personal, también merecen un tratamiento igual al de los asalariados", sostiene el especialista.
La deducción del impuesto a las Ganancias de la segunda cuota del aguinaldo, en diciembre próximo, alcanza a los salarios inferiores a los $ 25.000 mensuales, señala el decreto firmado por la Presidenta, que no toma en cuenta a los autónomos.
"Esa franja de contribuyentes, además de invertir su esfuerzo personal como los trabajadores, arriesgan cierto capital y deben afrontar gastos personales que en el caso de los trabajadores ya están incluidos en el salario neto, como por ejemplo: ropa de trabajo, herramientas, obras social y demás beneficios de la seguridad social que los autónomos no gozan", indica Yatzkaier.
El beneficio establecido por el decreto 2191 acentúa la brecha entre los empleados en relación de dependencia del resto de los trabajadores autónomos.
Juego de imposiciones
El experto explica que sólo el empleado en relación de dependencia mejoró su salario real en $ 902,42 anuales ($ 75,20 mensuales) y la tasa efectiva del impuesto bajó del 3,53 % al 2,64 %, menos de un punto sobre su salario neto. También advierte que la tasa efectiva de imposición de los trabajadores autónomos llega al 15,14% de su ingreso neto anual. Y si esta comparación se efectúa con una persona que percibe una renta mensual por alquiler de una propiedad, esa tasa efectiva de imposición llega al 18,57% (ver infograma).
Yatzkaier sostiene que la medida atenta contra el principio de igualdad de los contribuyentes. Y recuerda: "cuando los valores se desvirtúan a través de un proceso inflacionario, sin que la legislación lo reconozca, el impuesto se vuelve irracional y confiscatorio afectando gravemente el Derecho de Propiedad".
Más allá del signo político gobernante, en la última década se viene acentuando cada vez en mayor proporción, el alejamiento de los montos no imponibles entre los asalariados y el resto de los contribuyentes, observa el experto consultado por nuestro diario. Yatzkaier no deja de reconocer que quienes perciben sus rentas a través del trabajo personal, deben tener mayores franquicias en este sentido que el resto de las rentas, como por ejemplo las financieras o especulativas. "Pero no es menos cierto que también los trabajadores autónomos, como profesionales en general; trabajadores de oficios como carpinteros, pintores, albañiles, u otros y comerciantes en general, que cotidianamente desarrollan sus actividades en forma personal, también merecen un tratamiento igual al de los asalariados", sostiene el especialista.
La deducción del impuesto a las Ganancias de la segunda cuota del aguinaldo, en diciembre próximo, alcanza a los salarios inferiores a los $ 25.000 mensuales, señala el decreto firmado por la Presidenta, que no toma en cuenta a los autónomos.
"Esa franja de contribuyentes, además de invertir su esfuerzo personal como los trabajadores, arriesgan cierto capital y deben afrontar gastos personales que en el caso de los trabajadores ya están incluidos en el salario neto, como por ejemplo: ropa de trabajo, herramientas, obras social y demás beneficios de la seguridad social que los autónomos no gozan", indica Yatzkaier.
El beneficio establecido por el decreto 2191 acentúa la brecha entre los empleados en relación de dependencia del resto de los trabajadores autónomos.
Juego de imposiciones
El experto explica que sólo el empleado en relación de dependencia mejoró su salario real en $ 902,42 anuales ($ 75,20 mensuales) y la tasa efectiva del impuesto bajó del 3,53 % al 2,64 %, menos de un punto sobre su salario neto. También advierte que la tasa efectiva de imposición de los trabajadores autónomos llega al 15,14% de su ingreso neto anual. Y si esta comparación se efectúa con una persona que percibe una renta mensual por alquiler de una propiedad, esa tasa efectiva de imposición llega al 18,57% (ver infograma).
Yatzkaier sostiene que la medida atenta contra el principio de igualdad de los contribuyentes. Y recuerda: "cuando los valores se desvirtúan a través de un proceso inflacionario, sin que la legislación lo reconozca, el impuesto se vuelve irracional y confiscatorio afectando gravemente el Derecho de Propiedad".
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