La Justicia confirma la prisión perpetua a Menéndez y Albornoz

La Justicia confirma la prisión perpetua a Menéndez y Albornoz

Condenas en la causa "Jefatura de Policía de Tucumán". Elevan la pena a dos imputados en el mismo juicios.

CONDENADOS. Albornoz y Menéndez, con sentencia confirmada por la causa de la ex Jefatura. LA GACETA / JORGE OLMOS SGROSSO CONDENADOS. Albornoz y Menéndez, con sentencia confirmada por la causa de la ex Jefatura. LA GACETA / JORGE OLMOS SGROSSO
09 Noviembre 2012
BUENOS AIRES.- La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces doctores Eduardo Riggi, Liliana Catucci y Mariano Borinsky dictó sentencia en la causa conocida como "Jefatura de Policía de Tucumán", en la que se investigan crímenes contra la humanidad cometidos durante la última dictadura militar en esa provincia, entre los que se encuentran, entre otros delitos, desapariciones forzadas de personas, usurpaciones de propiedades por parte de policías de la provincia y encubrimiento.

En la sentencia revisada se confirmaron las condenas a las penas de prisión perpetua dictadas a Luciano Benjamín Menéndez y Roberto Heriberto Albornoz, quienes al momento de los hechos revestían como comandantes del Tercer Cuerpo de Ejército y responsable de la zona 3 -comprendiendo entre otras provincias a Tucumán-, y como jefe del Servicio de Información Confidencial (SIC) y jefe de Inteligencia del D2 de la Policía de Tucumán, respectivamente.

La Sala III elevó las penas impuestas por el Tribunal Oral Federal de Tucumán con respecto a dos de los imputados, condenando a uno de ellos a prisión perpetua, como consecuencia de haber modificado la calificación legal atribuida en la sentencia de torturas seguida de muerte por la figura de homicidio triplemente agravado, por alevosía, por el concurso premeditado de dos o más personas y para lograr la impunidad.

A su vez, con el voto del juez Borinsky, al que concurrió el juez Riggi, la Sala III condenó a otro de los policías imputados –a quien el tribunal le había impuesto la pena de tres años de prisión en suspenso- a la pena de cuatro años de prisión de efectivo cumplimiento, por haber usurpado una vivienda propiedad de dos personas que fueron secuestradas, torturadas y asesinadas encubriendo en forma simultánea la desaparición forzada de ellos quienes eran sus legítimos dueños.

Este punto del fallo es de suma trascendencia por ser la primera vez que la Cámara Federal de Casación Penal dicta en esa instancia una condena por el delito de encubrimiento en el marco de crímenes contra la humanidad. (Télam-CIJ.gov.ar)

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