08 Noviembre 2012 Seguir en 
Se formularon una serie de observaciones que permitieron contextualizar el alcance de la información solicitada y explicar la necesidad de mantener la sustentabilidad del Sistema Previsional Argentino. Esa fue la explicación oficial que dio la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) respecto de la exposición que su titular, Diego Bossio, hizo ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Sin embargo, tras esa reunión, fuentes judiciales informaron que el organismo previsional advirtió que, si tuviera que satisfacer los 240.000 reclamos judiciales de jubilados y pensionados por reajustes de haberes caería en un déficit operativo, ya que no tiene fondos suficientes para hacer frente a esa erogación.
El organismo explicó que de cumplir con los fallos "Badaro" y "Elliff", que dispusieron la movilidad de las jubilaciones, sufriría un déficit operativo respecto de lo que recauda y paga en la actualidad, y debería recurrir al Fondo de Sustentabilidad para afrontar los costos, consignó la agencia DyN.
El defensor de la Tercera Edad, Eugenio Semino, aseguró que los argumentos de Bossio para no pagar aumentos a los jubilados "son iguales a los que decía (el ex ministro de Economía) Domingo Cavallo en la década de 1990. Lo que dice es que nunca se va a pagar mas allá de lo que diga la Justicia", opinó en declaraciones a DyN.
Semino dijo que "a los que nos tocó litigar contra Cavallo, el argumento era que se ponía en riesgo la convertibilidad si se le pagaba a todos. El argumento no es cierto. El Fondo de Anses es superavitario. Si la Corte hace extensivo los efectos del fallo, bajaría la litigiosidad el 80%", agregó.
El defensor de la Tercera Edad aclaró, además, que la tasa de recupero que tiene el sistema es de un 36% de lo que se le pone al jubilado en el bolsillo, que retornan bajo la forma de impuestos. "Me llama la atención que un joven funcionario ya esté diciendo que no cumplirá con un fallo de la Corte Suprema de Justicia si le es desfavorable. Si esto es así, se plantea un fuerte conflicto de poderes entre la Corte y el Poder Ejecutivo", precisó.
Los jueces de la Corte interrogaron a Bossio sobre por qué la Anses no está aplicando los criterios de movilidad fijados por el alto tribunal en los antecedentes Badaro y Eliff, a lo que el funcionario explicó que todo "el dinero que ingresa se gasta" en prestaciones.
La Anses explicó que si tuviera que pagar todos los reclamos por reajustes jubilatorios sufriría un déficit que terminaría perjudicando a los beneficiarios de los regímenes previsionales.
El titular del organismo y los jueces analizaron también la alta litigiosidad que afecta al fuero de la Seguridad Social, donde tramitan actualmente 240.000 causas y, como los reclamos de reajustes no son satisfechos, el número de expedientes crece constantemente. La Corte se comprometió a formar un grupo de trabajo para buscar mecanismos que reduzcan esa litigiosidad.
Finalmente, la Anses planteó una serie de "límites" a la cantidad de causas que a diario ingresan con reclamos de jubilados, y en ese sentido postuló el fin de la gratuidad de las demandas (en la actualidad no se pagan tasas judiciales por reclamos previsionales), la caducidad de plazos (dos años a partir del momento en que se accede a la jubilación).
La Corte le correrá vista ahora a la Defensoría del Pueblo de la Tercera Edad para que se notifique de la respuesta de la Anses y postule su criterio al respecto, y luego de eso la causa quedará en condiciones de ser resuelta. Lo primero que deberá resolver la Corte será la "legitimación" del Defensor del Pueblo para reclamar en nombre de todos los jubilados, algo a lo que la Anses se opone.
El organismo explicó que de cumplir con los fallos "Badaro" y "Elliff", que dispusieron la movilidad de las jubilaciones, sufriría un déficit operativo respecto de lo que recauda y paga en la actualidad, y debería recurrir al Fondo de Sustentabilidad para afrontar los costos, consignó la agencia DyN.
El defensor de la Tercera Edad, Eugenio Semino, aseguró que los argumentos de Bossio para no pagar aumentos a los jubilados "son iguales a los que decía (el ex ministro de Economía) Domingo Cavallo en la década de 1990. Lo que dice es que nunca se va a pagar mas allá de lo que diga la Justicia", opinó en declaraciones a DyN.
Semino dijo que "a los que nos tocó litigar contra Cavallo, el argumento era que se ponía en riesgo la convertibilidad si se le pagaba a todos. El argumento no es cierto. El Fondo de Anses es superavitario. Si la Corte hace extensivo los efectos del fallo, bajaría la litigiosidad el 80%", agregó.
El defensor de la Tercera Edad aclaró, además, que la tasa de recupero que tiene el sistema es de un 36% de lo que se le pone al jubilado en el bolsillo, que retornan bajo la forma de impuestos. "Me llama la atención que un joven funcionario ya esté diciendo que no cumplirá con un fallo de la Corte Suprema de Justicia si le es desfavorable. Si esto es así, se plantea un fuerte conflicto de poderes entre la Corte y el Poder Ejecutivo", precisó.
Los jueces de la Corte interrogaron a Bossio sobre por qué la Anses no está aplicando los criterios de movilidad fijados por el alto tribunal en los antecedentes Badaro y Eliff, a lo que el funcionario explicó que todo "el dinero que ingresa se gasta" en prestaciones.
La Anses explicó que si tuviera que pagar todos los reclamos por reajustes jubilatorios sufriría un déficit que terminaría perjudicando a los beneficiarios de los regímenes previsionales.
El titular del organismo y los jueces analizaron también la alta litigiosidad que afecta al fuero de la Seguridad Social, donde tramitan actualmente 240.000 causas y, como los reclamos de reajustes no son satisfechos, el número de expedientes crece constantemente. La Corte se comprometió a formar un grupo de trabajo para buscar mecanismos que reduzcan esa litigiosidad.
Finalmente, la Anses planteó una serie de "límites" a la cantidad de causas que a diario ingresan con reclamos de jubilados, y en ese sentido postuló el fin de la gratuidad de las demandas (en la actualidad no se pagan tasas judiciales por reclamos previsionales), la caducidad de plazos (dos años a partir del momento en que se accede a la jubilación).
La Corte le correrá vista ahora a la Defensoría del Pueblo de la Tercera Edad para que se notifique de la respuesta de la Anses y postule su criterio al respecto, y luego de eso la causa quedará en condiciones de ser resuelta. Lo primero que deberá resolver la Corte será la "legitimación" del Defensor del Pueblo para reclamar en nombre de todos los jubilados, algo a lo que la Anses se opone.
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