Seguí participando de la gran Lotería de Tucumán

Por Álvaro José Aurane 23 Junio 2012
"Durante un año de la luna, he sido declarado invisible: gritaba y no me respondían, robaba el pan y no me decapitaban".

La lotería de Babilonia, de Jorge Luis Borges, en Ficciones (1944) Hay dos casos. Uno se da en Tucumán. El otro también.

El primero refiere a la ahora camarista María del Pilar Amenábar. El otro, al todavía secretario judicial Carlos López.

La ex relatora de la Corte participó del primer concurso del Consejo Asesor de la Magistratura, para cubrir cuatro vacantes en la Cámara Civil y Comercial de la capital, y obtuvo el puntaje máximo en antecedentes (35). Luego, de los 55 puntos que otorgaba la prueba escrita de oposición (resolución de casos hipotéticos) logró 22. En consecuencia, no logró los 60 puntos mínimos fijados por el Reglamento para pasar a la tercera etapa: la entrevista con los miembros del CAM.

López terminó en el podio de seis concursos: tercero en uno, segundo en dos, primero en tres.

Amenábar accionó judicialmente porque, a su criterio, no estaba garantizado el resguardo de sus derechos. Y planteó dos cautelares. Una para que el CAM suspendiera toda entrevista a concursantes que hubieran logrado 60 puntos o más. Otra, para que el Poder Ejecutivo se abstuviera de cubrir las vacantes concursadas.

Seis veces discriminaron a López: jamás José Alperovich lo propuso a la Legislatura para que lo designaran fiscal. Lo dejó de lado sin dar explicaciones, inclusive, en las tres oportunidades en que salió primero. Por eso, el secretario judicial accionó judicialmente. No objetó la facultad del gobernador para no escogerlo: planteó que si el gobernador no lo elegía, debía fundar esa decisión.

Consonantes

¿Qué hizo la Corte ante el planteo de Amenábar? Concedió las dos cautelares. Con ello, paralizó la cobertura de una Cámara que tenía acéfalo el 70% de sus despachos, razón por la cual había sido declarada por el superior tribunal en "emergencia funcional" a partir del 1 de diciembre de 2008, mediante la acordada 912.

Amenábar consiguió luego, a partir de que la misma Corte declaró inconstitucional el puntaje mínimo establecido por el CAM, que se le tomara la entrevista. Y aunque terminó séptima en el orden de mérito (Acta 25 del CAM), el Ejecutivo remitió su pliego a la Legislatura: ella es camarista desde hace un mes. Es decir, a pesar de que se había celebrado un concurso, transcurrieron más de dos años para que la cuasi vacía Cámara Civil y Comercial capitalina incorporara miembros.

El planteo de López fue acogido por el camarista en lo Contencioso Administrativo Rodolfo Novillo. El magistrado frenó la sexta discriminación contra López: ordenó no designar a otro en reemplazo del primero y sentenció que la discrecionalidad de la que el gobernador está investido, para ser legítima, debe fundarse en mucho más que la legalidad formal. No alcanza con que Alperovich tenga la facultad de ser discrecional: tiene que dar públicas razones cuando ejerce esa facultad. De lo contrario, no es discrecional: es arbitrario. Debe dar fundamentos porque esto es una república. Porque él administra la "cosa pública". Porque no es un monarca que puede imponer razones privadas. Personales. Como, por ejemplo, que no quiere a López como fiscal porque era el secretario de la Fiscalía Anticorrupción que lo investigó a él y a la primera dama.

El gobernador predica que él hace lo que dice la letra de la ley, pero la ley se ejerce en un marco de principios republicanos y democráticos. De lo contrario se incurre en el abuso de la ley.

Y entonces apareció la Corte.

Disonantes

¿Qué hizo la Corte con el caso López? Arrebatarle la causa a Novillo. Le envió un oficio que pedía "vista urgente" del expediente. Pero no quería verlo sino apropiárselo. El caso López ingresó a las 18 del martes 5 a la Corte. A las 20, el ministro fiscal Luis de Mitri, contra toda una biblioteca propia de antecedentes que recomiendan que las acciones de constitucionalidad (nada menos) deben derivarse a los jueces inferiores, dictaminó que un simple amparo por discriminación (nada más) es competencia originaria de la Corte. López, a quien no le notificaron del cambio de radicación de la causa, ni le corrieron traslado de las "novedades", recusó el miércoles 6 los miembros de la Corte. Era tarde: ya se habían expedido, con una celeridad histórica. Se quedaban con la causa, mediante el primer per saltum de facto de la historia jurisprudencial reciente. "Manotazo", que le dicen.

Las razones están en el voto del vocal Antonio Gandur. "... el dictado de una medida cautelar (por parte de Novillo) que compromete a todo el sistema de selección de magistrados de la Provincia, torna impostergable acoger la solución propiciada y la premura otorgada a los efectos de regularizar la tramitación del procedimiento conforme las reglas del debido proceso…". Sin embargo, de las 10 fiscalías penales de capital, el caso López sólo deja una vacante sin cubrir. Pero a diferencia del caso de la semidesértica Cámara Civil, aquí no se podía esperar.

¿Cómo reaccionó el Gobierno ante las cautelares del caso Amenábar? No interpuso recurso alguno: dejó que quedaran firmes.

¿Cómo reaccionó el Gobierno ante la cautelar del caso López? El martes 5, la Fiscalía de Estado llegó a pleitear la misma causa, simultáneamente, en dos tribunales distintos. A las 9 le pedía a la Corte que se avocara al caso. A las 14, le planteaba a Novillo la nulidad de su disposición.

La abolición por parte de los poderes del Estado de la doctrina de los actos propios inaugura en Tucumán la jurisprudencia de los actos impropios.

Vocales

Cuando el hoy legislador radical Ariel García cuestionó la constitucionalidad de la recontra-reelección habilitada por la Constitución de 2006, el titular de la Corte, Antonio Estofán, se apartó de entender en la causa invocando su pública amistad con Alperovich. Pero cuando lo recusaron para entender en la causa López por esa misma razón, alegó que su amistad con el gobernador es personal y no institucional. Todo un precedente.

Daniel Posse sí se apartó de entender en el caso dado que su hermano, Jorge Posse Ponessa, es el fiscal de Estado. A pesar de que son hermanos sólo a nivel personal y no institucional.

René Goane fue quien, de oficio, declaró inconstitucional el puntaje mínimo que exige el CAM para que un concursante acceda a la entrevista. Fue clave para que Amenábar pasara a esa tercera etapa, cerrase el ciclo del concurso y obtuviera un pliego. Ella juró como camarista el 15 de mayo. Al otro día, el 16, Goane suscribió la acordada 497, para el concurso de secretario administrativo de la Corte. El anexo 1 dice: "El puntaje máximo del examen de oposición se fija en 70 puntos. Se exigirá para su aprobación la obtención de un mínimo de 49 puntos, requisito imprescindible para continuar en el concurso". ¿Ya no son inconstitucionales esos puntajes mínimos?

Gandur no se excusó y votó que el caso López era "competencia originaria" de la Corte. Ya con el caso en la órbita del superior tribunal, fue recusado por López para entender en su causa: Gandur no se apartó. Y el tribunal especial con jueces del fuero Administrativo que resolvió sobre las recusaciones le dio la razón. Días después, Gandur dejó mal parados a esos jueces: se excusó él mismo. Pero Estofán, el camarista Salvador Ruiz (reemplazó a Goane, a quien el fallo se limitó a poner en "comisión de servicios", sin detallar dónde estaba ni qué misión cumplía) y la vocal Claudia Sbdar rechazaron esa excusación. O sea, a quien se declara no apto para entender en una causa, sus pares le dicen que se equivoca en lo que plantea sobre sí mismo. ¿Qué se entenderá por violencia moral en Tribunales?

En el mentado caso en el cual el juez supremo nacional Carlos Fayt planteó que el Estado no podía jubilarlo a una edad tope, porque él debía durar mientras durase su buena conducta, su par Enrique Petracchi se excusó de entender en el tema. Los otros vocales del Superior Tribunal rechazaron su planteo de apartamiento, pero Petracchi nunca votó en el expediente. ¿Qué hará Gandur?

Antónimos

Importa, por lo pronto, qué hizo respecto del caso Amenábar. Cuando la Corte decidió tomar esa causa, Gandur presidía el CAM y cuestionó la decisión: sostuvo que toda intervención del supremo tribunal en su "competencia originaria" debía ser llevada a cabo con una integración total, es decir con cinco miembros, y no con tres, como había ocurrido. ¿Qué hizo respecto del caso López? Es curioso: él mismo votó que era "competencia originaria" de la Corte entender en esa causa, junto con Estofán y con Goane. O sea, tres miembros y no la reclamada "integración total".

La postura del CAM también cambió. Su vicepresidenta, la legisladora Carolina Vargas Aignasse, explica ahora que en las ternas todos son iguales: el primero no es el primero. "El orden de mérito no tiene ya un criterio valorativo sino simplemente ordenatorio y no indica que algunos sean más aptos que otros", interpreta. ¿Por qué, entonces, se llama "orden de mérito" y no "bolsa de postulantes" o "menú a la carta para el gobernador"?

Por cierto, no opinaba así cuando reivindicaba la transparencia del concurso para secretario del CAM que, en el orden de mérito, había dejado primero a Pablo Martín Mercado, cuya asunción ella defendía, justamente, porque él había liderado la terna. Luego, Mercado declinó el cargo, tras la polémica surgida por su omisión en consignar que había sido secretario de Gobierno en la intendencia interina de Vargas Aignasse.

Sinónimos

El caso López expone lo peor de este aciago momento institucional tucumano. Y no sólo porque la república está en ruinas: la Legislatura cambia convocatorias a sesiones como si fueran invitaciones a tomar el té, a la espera del fallo de la Corte, cuya resolución (es obvio) conoce. No hay separación de poderes: todos habitan en la misma causa. Contubernio, según la Real Academia Española.

Lo desgraciado de la coyuntura tucumana radica en que también están vilipendiando la democracia. La de esta provincia es una forma de gobierno sin razones. En todos los trascendentes sentidos de esa palabra. El gobernador no da razones para tomar decisiones de orden público. Los jueces de la Corte proceden, en situaciones similares, de maneras diametralmente opuestas. El abogado que ganó tres concursos e integró otras tres ternas no puede ser fiscal. La abogada que no consiguió el puntaje mínimo para pasar a la tercera fase de un concursos sí puede ser camarista. Evidentemente, los tucumanos no son todos iguales ante la ley. Y la idoneidad no es ni remotamente el único requisito que se les exige para ocupar un cargo público. La suerte de los ciudadanos, pues, no está regida por la razón sino, en el mejor de los casos, por el azar.

Por eso, esta semana, fueron idénticas las respuestas de la Justicia y del titular subrogante de la Legislatura, Regino Amado, para Carlos López: "seguí participando". La democracia pavimentadora, que cambió razón por asfalto, le dice que tal vez, algún día, cambie su suerte y tenga fortuna en esta gran Lotería de Tucumán.

"Como todos los hombres de Babilonia, he sido procónsul; como todos, esclavo; también he conocido la omnipotencia, el oprobio, las cárceles", escribió Borges.

Tal vez López, algún día, logre ser invisible. Acaso pueda (como otros de quienes da cuenta la literatura argentina) robar el pan y que no lo decapiten.

Para el caso, está gritando "justicia". Y no le responden.

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