El Concejo Deliberante de la capital tiene 17 miembros. La banca número 18 espera por el oficialista Claudio Morata (del partido peronista Militancia Popular) o la opositora Sandra Manzone (de la Coalición Cívica). El escrutinio definitivo de la Junta Electoral Provincial (JEP) consagró edil electo al primero, pero este no ha podido asumir por orden de la Justicia, que ha hecho lugar a un planteo de Manzone. Y ayer le volvió a dar la razón: la sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, con la firma de Ebe López Piossek y Rodolfo Novillo, ordenó la apertura de 20 urnas, lo que permitirá corroborar el resultado de las elecciones provinciales del 28 de agosto.
No obstante, la Fiscalía de Estado, organismo dependiente del Poder Ejecutivo de la Provincia, puede apelar el fallo y, en ese caso, la causa llegaría a la Corte Suprema mediante un recurso de casación. La Fiscalía de Estado, encabezada por Francisco Sassi Colombres, no había tomado ninguna decisión al respecto hasta ayer. Pero, en principio, y conforme a los antecedentes, la voluntad era la de recurrir el fallo. Igualmente, según pudo averiguar LA GACETA, la decisión está supeditada a un estudio del caso con las autoridades de la JEP.
En la sentencia, que se refiere a la la cuestión de fondo, la Cámara declara nula la resolución de la JEP Nº 515, y hace lugar a la acción de amparo de Manzone, Luis Alberto Tejada y José Páez, el flamante legislador de la Democracia Cristiana, al que ella acompañó en la boleta electoral.
La Cámara ordenó a la JEP "disponer las medidas y notificaciones conducentes a fin de que se concrete la apertura de las urnas correspondientes a las mesas 265, 363, 551, 657, 845, 886, 1.015, 1.162, 542, 589, 183, 218, 227, 285, 312, 323, 509, 583, 1.012 y 1.051 de la sección electoral 1 y realizar el consiguiente escrutinio de las mismas". La sentencia cuestiona la resolución de la JEP: "frente a la escasa diferencia de votos y las denuncias que se habían efectuado, no caben dudas (de) que correspondía que el pedido (de apertura de urnas que le hizo Manzone a la JEP) sea acogido, como un recaudo que hace a la transparencia del acto del escrutinio. En tal orden de cosas, la mera oposición sin otro sustento que el de la esgrimida celeridad aparece como una postura irrazonable".
Según el escrutinio final suscripto por la JEP, Morata aventajó por apenas 34 votos a Manzone, quien alertó que según el conteo provisorio ella le sacaba a él una diferencia de 121 votos, con el 98,5% de las mesas de la sección electoral 1 escrutadas (quedaban por escrutar 19 mesas) La JEP, a su vez, en la contestación de la demanda sostiene que el conteo provisorio es sólo informativo y tildó de endebles las manifestaciones de Manzone acerca de que en el conteo final se tendió a favorecer a Morata: 19 mesas suponen más de 6.000 eventuales votos, según la JEP. Las urnas que la Justicia ordenó abrir se encuentran en la sede de la JEP, en un pequeño cuarto del primer piso, cerca de donde está la oficina del secretario del organismo, Darío Almaraz.
No obstante, la Fiscalía de Estado, organismo dependiente del Poder Ejecutivo de la Provincia, puede apelar el fallo y, en ese caso, la causa llegaría a la Corte Suprema mediante un recurso de casación. La Fiscalía de Estado, encabezada por Francisco Sassi Colombres, no había tomado ninguna decisión al respecto hasta ayer. Pero, en principio, y conforme a los antecedentes, la voluntad era la de recurrir el fallo. Igualmente, según pudo averiguar LA GACETA, la decisión está supeditada a un estudio del caso con las autoridades de la JEP.
En la sentencia, que se refiere a la la cuestión de fondo, la Cámara declara nula la resolución de la JEP Nº 515, y hace lugar a la acción de amparo de Manzone, Luis Alberto Tejada y José Páez, el flamante legislador de la Democracia Cristiana, al que ella acompañó en la boleta electoral.
La Cámara ordenó a la JEP "disponer las medidas y notificaciones conducentes a fin de que se concrete la apertura de las urnas correspondientes a las mesas 265, 363, 551, 657, 845, 886, 1.015, 1.162, 542, 589, 183, 218, 227, 285, 312, 323, 509, 583, 1.012 y 1.051 de la sección electoral 1 y realizar el consiguiente escrutinio de las mismas". La sentencia cuestiona la resolución de la JEP: "frente a la escasa diferencia de votos y las denuncias que se habían efectuado, no caben dudas (de) que correspondía que el pedido (de apertura de urnas que le hizo Manzone a la JEP) sea acogido, como un recaudo que hace a la transparencia del acto del escrutinio. En tal orden de cosas, la mera oposición sin otro sustento que el de la esgrimida celeridad aparece como una postura irrazonable".
Según el escrutinio final suscripto por la JEP, Morata aventajó por apenas 34 votos a Manzone, quien alertó que según el conteo provisorio ella le sacaba a él una diferencia de 121 votos, con el 98,5% de las mesas de la sección electoral 1 escrutadas (quedaban por escrutar 19 mesas) La JEP, a su vez, en la contestación de la demanda sostiene que el conteo provisorio es sólo informativo y tildó de endebles las manifestaciones de Manzone acerca de que en el conteo final se tendió a favorecer a Morata: 19 mesas suponen más de 6.000 eventuales votos, según la JEP. Las urnas que la Justicia ordenó abrir se encuentran en la sede de la JEP, en un pequeño cuarto del primer piso, cerca de donde está la oficina del secretario del organismo, Darío Almaraz.







