Falta de numeración

La dirección es un elemento importante para poder identificar un domicilio.

11 Julio 2003
En otras ocasiones nos hemos referido -sin eco alguno perceptible- a la curiosa situación de que muchos domicilios o locales comerciales del centro de la ciudad carecen del correspondiente número que los identifique, colocado junto a la puerta de entrada. La obligatoriedad de la numeración es una de las disposiciones legales más antiguas, que inclusive precedió a la creación de la Municipalidad. En efecto, data del 9 de marzo de 1855 el decreto del Poder Ejecutivo que estableció, además de la nomenclatura, la "numeración de todas las puertas existentes dentro del territorio urbano" de San Miguel de Tucumán.
Desde entonces, nadie dejó de colocar la cifra que le tocaba en la fachada de su casa, hasta hace unos pocos años, cuando tal requisito empezó a obviarse y terminó por casi desaparecer. Sobre todo, como decimos, en la zona céntrica.
Está de más consignar las dificultades que la omisión entraña, no sólo para quien se dirige a una dirección determinada con cualquier propósito. Piénsese que la individualización del domicilio es indispensable, por ejemplo, para la distribución de la correspondencia o para las notificaciones judiciales. Nos parece que la autoridad municipal debiera cuidar el cumplimiento del requisito y, en caso de que falte, proceder a multar al infractor.

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