09 Julio 2003 Seguir en 
BUENOS AIRES.- Con la ley antievasión y con los procedimientos que se están realizando en centenares de empresas para buscar fábricas de facturas truchas, hay un gremio de profesionales que se siente especialmente amenazado: el de los contadores públicos. Ellos son quienes tienen que certificar los balances y preparar los estados contables de sus clientes, para presentarlos al ente recaudador.
Un dirigente del sector comentó que hasta ahora se les exigía certificar en general la veracidad de los números, pero no verificar cada factura en particular.
Temían que la exigencia incluida en el nuevo marco legal llevara a hacerlos responsables de todas y cada una de las facturas presentadas como gastos por las empresas -que son los clientes de los contadores-, tarea poco menos que imposible.Hicieron llegar, las organizaciones que los representan, consejos y colegios profesionales en ciencias económicas, sus inquietudes al Congreso, al Poder Ejecutivo y a la AFIP.
Los ilícitos
Por parte del titular de este organismo, Alberto Abad, se obtuvo una aclaración muy importante: que la nueva ley, pronta a sancionarse, solamente califica como asociación ilícita la labor de operar estas empresas fantasma, destinadas a crear facturas apócrifas y hacerlas circular entre las empresas usuarias.
Pero no califica tampoco como asociación ilícita la labor de aceptarlas, controlarlas una por una e incluirlas como gastos en los balances, ni tampoco da pie a suponer que existe una combinación criminal tangible y evidente entre los contadores, que eventualmente puedan integrar una de estas organizaciones destinadas a defraudar al fisco y los profesionales que, del lado de las empresas que presentan balances, deban certificarlos. Porque el último de los razonamientos citados daba pie a una generalización prácticamente infinita del principio de asociación ilícita inexcarcelable y tornaba imposible el ejercicio normal de la profesión contable.
Responsables
Es el dueño o el gerente de la empresa quien tiene que hacerse responsable de que la documentación que hace llegar al contador, para que confeccione el balance, tenga buena procedencia, es decir, que cada compra corresponda a un bien o a un servicio real y tangible, y no simplemente pretextos para inflar gastos y pagar menos impuestos.
Caso contrario, automáticamente el profesional tiene que demostrar cada vez que es inocente y se le coloca en situación de institucional sospecha.
Los avales
Distinto es el caso cuando el profesional pone su aval en un balance que presenta manifiesta falsedad en sus datos, con el fin de evadir, en el cual ya la ley de procedimientos claramente involucra al contador, tanto como al dueño o a los gerentes de la empresa. Es una discusión que tendrá que llevar adelante la jurisprudencia, una vez que se apruebe la nueva ley buscando preservar los intereses fiscales.
Es decir, la pretensión de recuperar el dinero que se evade mediante estas maniobras. Pero al mismo tiempo, tendrá la obligación de defender a los correctos profesionales en ciencias económicas para que puedan seguir ejerciendo pacíficamente su esencial e indispensable profesión. (DyN)
Un dirigente del sector comentó que hasta ahora se les exigía certificar en general la veracidad de los números, pero no verificar cada factura en particular.
Temían que la exigencia incluida en el nuevo marco legal llevara a hacerlos responsables de todas y cada una de las facturas presentadas como gastos por las empresas -que son los clientes de los contadores-, tarea poco menos que imposible.Hicieron llegar, las organizaciones que los representan, consejos y colegios profesionales en ciencias económicas, sus inquietudes al Congreso, al Poder Ejecutivo y a la AFIP.
Los ilícitos
Por parte del titular de este organismo, Alberto Abad, se obtuvo una aclaración muy importante: que la nueva ley, pronta a sancionarse, solamente califica como asociación ilícita la labor de operar estas empresas fantasma, destinadas a crear facturas apócrifas y hacerlas circular entre las empresas usuarias.
Pero no califica tampoco como asociación ilícita la labor de aceptarlas, controlarlas una por una e incluirlas como gastos en los balances, ni tampoco da pie a suponer que existe una combinación criminal tangible y evidente entre los contadores, que eventualmente puedan integrar una de estas organizaciones destinadas a defraudar al fisco y los profesionales que, del lado de las empresas que presentan balances, deban certificarlos. Porque el último de los razonamientos citados daba pie a una generalización prácticamente infinita del principio de asociación ilícita inexcarcelable y tornaba imposible el ejercicio normal de la profesión contable.
Responsables
Es el dueño o el gerente de la empresa quien tiene que hacerse responsable de que la documentación que hace llegar al contador, para que confeccione el balance, tenga buena procedencia, es decir, que cada compra corresponda a un bien o a un servicio real y tangible, y no simplemente pretextos para inflar gastos y pagar menos impuestos.
Caso contrario, automáticamente el profesional tiene que demostrar cada vez que es inocente y se le coloca en situación de institucional sospecha.
Los avales
Distinto es el caso cuando el profesional pone su aval en un balance que presenta manifiesta falsedad en sus datos, con el fin de evadir, en el cual ya la ley de procedimientos claramente involucra al contador, tanto como al dueño o a los gerentes de la empresa. Es una discusión que tendrá que llevar adelante la jurisprudencia, una vez que se apruebe la nueva ley buscando preservar los intereses fiscales.
Es decir, la pretensión de recuperar el dinero que se evade mediante estas maniobras. Pero al mismo tiempo, tendrá la obligación de defender a los correctos profesionales en ciencias económicas para que puedan seguir ejerciendo pacíficamente su esencial e indispensable profesión. (DyN)







