Dejaron de ser bomberos en la crisis y hoy quieren ser arquitectos de su propio futuro

Mediante cooperativas, los empleados pueden sostener su fuente laboral cuando hay riesgo de caer en desgracia. Sin embargo, los expertos señalan la necesidad de que se imponga la obligación de regularizar jurídicamente la situación en este tipo de actividades, siendo indispensable que la cooperativa rinda cuentas de su administración

MANOS A LA OBRA. Los propios empleados no sólo comparten esfuerzos, sino también motivaciones para reflotar los emprendimientos privados. LA GACETA / FOTO DE JORGE OLMOS SGROSSO
MANOS A LA OBRA. Los propios empleados no sólo comparten esfuerzos, sino también motivaciones para reflotar los emprendimientos privados. LA GACETA / FOTO DE JORGE OLMOS SGROSSO
17 Julio 2011
Ramón González aún recuerda ese día de marzo de 2003 cuando el futuro de más de una decena de familias se iba por la borda debido a una de las peores crisis de la Argentina. La insolvencia era moneda corriente en esa época. Los trabajadores tenían dos alternativas: o iniciarle una demanda al empleador o darle continuidad al negocio con el empuje de su fuerza laboral y asumiendo los costos para sostener la empresa. Así, afirma González a LA GACETA, nació la Cooperativa de Trabajo "La Esquina" que, hasta estos días, sostiene 35 años de trayectoria en el mercado de los restaurantes tradicionales de Tucumán. Ese es uno de los ejemplos de cómo, con visión de futuro, los propios empleados pueden conservar la fuente laboral. Y es el espíritu de las modificaciones a la Ley de Quiebras, impulsadas por el Gobierno nacional, que establecen la prioridad a los trabajadores para adquirir un crédito y continuar con la producción de la empresa. La normativa fue promulgada por el Ejecutivo a principios de mes, luego de que el 1 de junio pasado, el Senado aprobara el proyecto. La iniciativa contó con el apoyo del Movimiento Nacional de Fábricas Recuperadas por los Trabajadores, que nuclea a más de 250 fábricas recuperadas y agrupa a 20.000 obreros.

A la Cooperativa "La Esquina" le llegó tarde la normativa (no tuvieron asistencia directa del Estado, como tantas otras), aunque sus empleados ponderan que la normativa puede servir a otras para conservar los empleos. "El proceso de reconstrucción no es sencillo. Nos hicimos cargo de viejas deudas y durante 60 días debimos sobrevivir para que el proyecto no fracasara", indica Raúl Galván, uno de los pizzeros del emprendimiento privado.

González, a su vez, es presidente de la Filial Tucumán de la Federación de Cooperativas de Trabajo de la República Argentina (Fecootra). "En momentos de crisis, las cooperativas son como aquellos bomberos que deben apagar los incendios. Hoy queremos ser los arquitectos de nuestro propio futuro, los que, a través de la solidaridad y el respeto mutuo, pueden sostener un emprendimiento", apunta.

En la filial de Fecootra consideran que la mayor parte del medio centenar de cooperativas existentes corresponden a empresas recuperadas, con un plantel global estimado en 2.000 empleados.

Aspectos resistidos

La nueva ley genera ciertas controversias entre los distintos sectores que se encuentran involucrados. Según un análisis efectuado por los profesionales Angela Delli Carpini y Agustín Zeppa, entre los aspectos más resistidos figuran:

Facilita y legaliza el sistema de fábricas recuperadas, mediante el reconocimiento de las cooperativas de ex trabajadores como sujeto jurídico en los procesos de quiebra, sin considerar que se les debería imponer la obligación de regularizar jurídicamente su situación, siendo indispensable que la cooperativa rinda cuentas de su administración. También que se consagren responsabilidades civiles y penales a sus directivos, en forma solidaria y que se les exija seguros de responsabilidad y por probables daños debido a la explotación.

Obliga al Estado a darles apoyo técnico y económico para poner en marcha sus emprendimientos.

Se considera "altamente riesgoso" para la seguridad jurídica conceder la capacidad de continuar la explotación de la empresa a entidades cooperativas en formación, porque éstas no tienen, regulación jurídica formal.

Otra de las criticas que mereció la norma es el otorgamiento de facultades (o mayor responsabilidad) al juez, que a pedido de la Cooperativa de Trabajo, puede suspender las ejecuciones por hasta un plazo de dos años. Este punto es especialmente resistido por empresas y entidades bancarias.

Si bien las intenciones fueron buenas, no se vieron plasmadas correctamente, ya que si lo que se pretendió fue corregir el desequilibrio de poder, al momento del concurso o la quiebra, entre los empresarios y los trabajadores, con estas modificaciones sólo se desplazó hacia otros sectores.

La reforma abra otros interrogantes. ¿Debería tal vez dictarse una norma especial que establezca que en casos puntuales, el juez o el síndico puedan requerir auditorías públicas o privadas ante la falta de mecanismos de control, que se denota?, acotan los expertos.

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