Un juez admitió errores en el régimen de salidas de presos

El camarista Alberto Piedrabuena dijo que se siente angustiado por el caso del comerciante Anastacio.

25 Junio 2003
La legislación tucumana relacionada con el sistema penitenciario es obsoleta; pero no por falta de leyes, sino por la ausencia de reglamentaciones para las que ya fueron sancionadas. También influye aparentemente el poco interés que generan algunos proyectos que colaborarían con el control y con la resocialización de los condenados, como es el caso de la creación de la figura del juez de ejecución penal.
Esa es la posición del juez penal Alberto Piedrabuena, uno de los que autorizaron el permiso extramuros de Pedro "Pache" Pedrozo. "La angustia y la amargura que esto nos generó no se compara con la que puede sentir la familia de la víctima", dijo el magistrado al aludir al crimen del comerciante Juan Anastacio, asesinado el jueves pasado cuando el acusado quiso asaltarlo. "No suponemos ingenuamente que la persona sale (de la cárcel) resocializada, pero el sistema marca los pasos previos y se cumplen", afirmó. Según explicó, esos pasos previos tienen deficiencias. En 1992, Piedrabuena y su par Emilio Herrera Molina presentaron sin eco un proyecto para crear la figura del juez de ejecución de sentencia, que ya figuraba como un objetivo fundamental en el Código de Procedimientos sancionado dos años antes. En 1996 y en 2000 se hicieron presentaciones actualizadas que corrieron la misma suerte en la Legislatura: fueron ignoradas.

En la cárcel
El proyecto estipula la creación de un juzgado que debe funcionar en el penal, con un cuerpo de apoyo interdisciplinario independiente del de Institutos Penales y del Poder Judicial. La función de ese magistrado es la de seguir cada caso, elaborar los informes y opinar sobre la aptitud del reo para conseguir beneficios. "La judicialización del control de ejecución de la pena sería más eficaz por el contacto directo que el magistrado tendría con el conflicto carcelario", aseguró el juez, que tiene casi 20 años en el Poder Judicial.
Los jueces penales no sólo dictan sentencia en los juicios. Ellos deben atender las impugnaciones que se producen en los Juzgados de Instrucción; determinar cuestiones de competencia; juzgar a menores con un régimen especial y atender al reo que condenaron. "No es una excusa, pero es mucha la dispersión intelectual que esto nos produce", comentó Piedrabuena.
Otro elemento que disminuiría la posibilidad de error a la hora de otorgar estos beneficios sería la reglamentación de la ley nacional 24.660, que pauta con meticulosidad los mecanismos para obtener el premiso. La norma fue aprobada en 1996, pero la Legislatura tucumana aún no sancionó la adhesión de la Provincia. Los permisos se otorgan ahora en base a antiguos decretos y los jueces deben actuar de acuerdo con su discrecionalidad, explicó Piedrabuena.


El viernes, la familia de Juan Anastacio realizará una marcha del silencio "por la vida y la seguridad de las familias". A las 17 se hará la concentración en la plaza de Barrio Echeverría, desde donde caminarán hasta la casa de Anastacio.

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