Llaman a renovar a uno de los miembros del jurado que puede remover a los jueces

Los abogados deben votar por un delegado.

A CARGO. La Junta Electoral Provincial debe organizar y controlar la elección. LA GACETA / ANTONIO FERRONI
A CARGO. La Junta Electoral Provincial debe organizar y controlar la elección. LA GACETA / ANTONIO FERRONI
Por Redacción Política 05 Abril 2011
Los abogados tucumanos tendrán que acudir a las urnas a mediados de año para elegir al profesional que los representará en el Jurado de Enjuiciamiento, el organismo encargado de la remoción de los magistrados de la provincia, con excepción de los vocales de la Corte Suprema de Justicia así como del ministro Fiscal del superior tribunal (es el jefe de los fiscales penales y de los defensores oficiales).

El Poder Ejecutivo convocó oficialmente a los letrados matriculados y habilitados para el ejercicio de la profesión en el ámbito provincial a elegir entre sus miembros a un representante titular y a su suplente para el Jurado de Enjuiciamiento. Actualmente, el cargo titular es ocupado por Silvia Peyracchia.

El decreto del llamado a elecciones fue firmado el 18 de marzo pasado, pero recién trascendió en las últimas horas. La norma, que lleva el número 729/14, fue refrendado por el gobernador, José Alperovich, por el ministro de Gobierno y Justicia, Edmundo Jiménez y el secretario de Gobierno, Marcelo Caponio.

La fecha que fija el documento para el acto eleccionario es el 15 de junio próximo. El instrumento legal precisa que la Junta Electoral Provincial (JEP) será la encargada de elaborar el padrón de votantes. De hecho, quedó autorizada para confeccionar el cronograma electoral correspondiente.

El origen

El Jurado de Enjuiciamiento fue introducido en la Carta Magna durante la reforma constitucional de 2006 y comenzó a funcionar el 17 de junio de 2009.

Actualmente, está integrado por el presidente de la Corte, Antonio Estofán, el ministro de Gobierno y Justicia, cinco legisladores (Antonio "Pachi" Raed -preside el órgano-, José "Gallito" Gutiérrez, Alejandra Cejas, Fernando Juri Debo y Jorge Mendía, el único opositor) y un abogado elegido por sus pares, cuyo mandato debe ser renovado: sólo se puede ser reelegido en una oportunidad.

El Jurado de Enjuiciamiento fue alcanzado por los fallos judiciales que fulminaron, en 2008, numerosos institutos de la enmendada Constitución provincial. Rodolfo Novillo y Carlos Giovanniello, integrantes de la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, concluyeron que la constitucionalidad del artículo 126, donde se encuentra estipulada la composición del Jurado de Enjuiciamiento, estaba sujeta al hecho de que, entre los cinco legisladores que lo integrasen, cuanto menos dos formaran parte de la minoría opositora.

No obstante, cuando la Corte revisó la sentencia, entendió que no procedía tal previsión. Como consecuencia, después del fallo, la Legislatura dispuso que sus cinco representantes en el Jury sean oficialistas. No obstante, el Poder Legislatiuvo cambió de criterio con posterioridad y el oficialismo cedió un lugar, por lo que la voz de la minoría quedó relativamente asegurada, como requerían los vocales de la Sala II.

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