Particulares podrán utilizar el jet y pagar una tarifa

Particulares podrán utilizar el jet y pagar una tarifa

La Provincia cuenta con una norma que pauta en qué casos un vuelo se considerará oficial.

22 Enero 2011
Las unidades que componen el parque de aeronaves de la Provincia se encuentran autorizadas por medio de la Ley 8.350 para realizar vuelos oficiales, particulares gratuitos y particulares privados. Estos últimos deben ser pagados por quienes empleen esos vehículos. Las últimas dos categorías, además, están reservadas a casos excepcionales, según la norma.

Serán considerados vuelos oficiales aquellos destinados al traslado de personas por cuestiones de salud y a requerimiento del Siprosa. También los abocados a la atención de servicios asistenciales para personal docente y sanitario estatal; de necesidades ocasionadas por fenómenos climáticos, catástrofes, accidentes, búsqueda y rescate de personas; y de pedidos del Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (Incucai).

El mismo carácter asumirán los viajes en los cuales vaya el gobernador y sus acompañantes atento a su investidura, cualquiera sea el destino. Por este motivo, está habilitado el vuelo a Punta del Este (Uruguay), con motivo de sus vacaciones familiares. Asimismo, en casos de traslados de funcionarios nacionales, legisladores o autoridades de otras provincias o de Tucumán, en misión oficial.

En cambio, son vuelos particulares sin costo para el beneficiario, cuando el pasaje esté integrado por personas vinculadas a la cultura, las ciencias, la producción, el comercio, el turismo, el deporte y otras actividades socioeconómicas; cuando el objetivo sea satisfacer necesidades de una actividad declarada de interés provincial; y los vuelos de mantenimiento, entrenamiento, instrucción o capacitación del personal aeronáutico, y de apoyo a instituciones aerodeportivas.

En la última hipótesis figuran los vuelos privados en aviones oficiales, que se realicen a pedido de personas o entidades particulares con causas debidamente fundadas, los que deberán abonar la tarifa que fije la Secretaría General de la Gobernación.

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