27 Mayo 2003 Seguir en 
El respeto por la propiedad intelectual y artística en la Argentina es una de las conquistas jurídicas del siglo que pasó. En efecto, data de 1910 la primera ley que protegió esas creaciones y que se sancionó luego de intensos debates. Sería sucedida por otros cuerpos de normas, en los cuales se fue perfeccionando el concepto esencial de que la obra intelectual y artística es propiedad de su creador, y que nadie puede utilizarla sin su autorización y sin el pago de los derechos que por ese uso correspondan.
Resulta curioso comprobar que, entre nosotros, parece asistirse a una caprichosa derogación, en los hechos, de esas leyes que en su momento se consideraron demostrativas de que la Argentina era una nación moderna. No puede pensarse otra cosa cuando vemos a diario que, en la calle, se venden discos compactos con música grabada ilegalmente sin que el poder público haga nada para impedir un comercio tan claramente ilegítimo.Nos parece que una situación de esta naturaleza resulta totalmente inadmisible. La ley debe ser respetada por todos y en toda circunstancia.
Resulta curioso comprobar que, entre nosotros, parece asistirse a una caprichosa derogación, en los hechos, de esas leyes que en su momento se consideraron demostrativas de que la Argentina era una nación moderna. No puede pensarse otra cosa cuando vemos a diario que, en la calle, se venden discos compactos con música grabada ilegalmente sin que el poder público haga nada para impedir un comercio tan claramente ilegítimo.Nos parece que una situación de esta naturaleza resulta totalmente inadmisible. La ley debe ser respetada por todos y en toda circunstancia.







