"No se pueden usar las reservas para pagar deuda sin el aval del Congreso"

"No se pueden usar las reservas para pagar deuda sin el aval del Congreso"

08 Enero 2010

BUENOS AIRES.- La Gerencia de Estudios y Dictámenes Jurídicos del Banco Central dictaminó que no se puede autorizar el uso de reservas para pagar deuda sin el aval del Congreso de la Nación. El dictamen fue difundido ayer por el destituido Martín Redrado casi al mismo tiempo en que el Gobierno lo removía de su cargo por medio de un decreto.
Según el análisis técnico realizado por la Gerencia del Central, dada la situación actual de las reservas de libre disponibilidad y los riesgos que la transferencia de esos fondos suponen para la política monetaria y financiera de la entidad, es conveniente que el Central aguarde la intervención del Congreso de la Nación para autorizar el uso de las reservas , como lo establece el artículo 3 del decreto 2010/09. El dictamen argumenta que la carta orgánica del Central es clara y categórica ya que señala cuál es el objetivo de la actividad de la entidad, entre cuyos principios se encuentra el de no seguir órdenes, indicaciones o instrucciones del Poder Ejecutivo a la hora de formular y ejecutar la política monetaria y financiera.
Además, el informe agrega que la institución no puede asumir obligaciones que impliquen condicionar, restringir o delegar el ejercicio de sus facultades legales sin autorización del Congreso. En otro pasaje del documento se explica que no tendrían sentido las prohibiciones y los recaudos establecidos por la carta orgánica, si el Poder Ejecutivo pudiera modificar y fijar excepciones a estas disposiciones, con la invocación de que  existe urgencia y de que es imposible seguir el trámite habitual de las leyes. Además aclara que, en el caso del pedido de transferencia de las reservas para la creación del Fondo del Bicentenario, el Gobierno no precisa cuáles son las circunstancias determinantes de la urgencia y de la imposibilidad de seguir con el curso legal correspondiente.
El dictamen indica que la Presidencia y el Directorio del Central deben verificar que realmente existen las circunstancias de necesidad y urgencia que el DNU invoca para determinar cuáles serán las acciones de la institución.
El documento concluye que el  Central debe ponderar técnicamente y con independencia de criterio los pedidos que el Gobierno le realiza, cuidando de no poner en riesgo su misión de preservar el valor de la moneda. (NA)

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