27 Agosto 2009 Seguir en 
¿El fallo permite el consumo de drogas?
No. Declaró inconstitucional un párrafo del art. 14 de la Ley 23.737, en cuanto a detener al consumidor.
¿La sentencia tiene la fuerza de una Ley?
No. Incluso se refiere a un caso puntual, pero los Tribunales inferiores lo tomarán ahora como jurisprudencia.
¿En el ámbito privado se puede consumir cualquier droga?
La sentencia se refiere únicamente a la marihuana. Pero dependerá de cada juez.
¿Se puede consumir droga en la vía pública?
No. La Corte redujo el ámbito de acción a lo privado, es decir dentro de la propiedad del consumidor.
¿Qué pasará con las personas que actualmente están detenidas por este delito?
El proceso sigue, pero es probable que los jueces los absuelvan.
¿Se determinó cuánta droga es considerada para uso personal?
No. Los jueces no hicieron referencia. Históricamente se habla de 2,5 gramos.
¿Si llevo un porro en el bolsillo, pueden detenerme?
Sí. Se insiste. El fallo se refiere únicamente el ámbito privado. No se puede mostrar droga en público.
¿Qué debe hacer la Policía si se denuncia que hay personas consumiendo en público?
Debe concurrir y detenerlas, ya que eso está prohibido.
¿Qué se dijo de los menores?
La Corte analizó el caso de mayores. Como cualquier sustancia tóxica, se infiere que los menores no deben consumirlas.
¿Los siete jueces opinaron igual?
Sí, y exhortaron al poder Ejecutivo y al Legislativo a que encaren una política de Estado contra el narcotráfico.
No. Declaró inconstitucional un párrafo del art. 14 de la Ley 23.737, en cuanto a detener al consumidor.
¿La sentencia tiene la fuerza de una Ley?
No. Incluso se refiere a un caso puntual, pero los Tribunales inferiores lo tomarán ahora como jurisprudencia.
¿En el ámbito privado se puede consumir cualquier droga?
La sentencia se refiere únicamente a la marihuana. Pero dependerá de cada juez.
¿Se puede consumir droga en la vía pública?
No. La Corte redujo el ámbito de acción a lo privado, es decir dentro de la propiedad del consumidor.
¿Qué pasará con las personas que actualmente están detenidas por este delito?
El proceso sigue, pero es probable que los jueces los absuelvan.
¿Se determinó cuánta droga es considerada para uso personal?
No. Los jueces no hicieron referencia. Históricamente se habla de 2,5 gramos.
¿Si llevo un porro en el bolsillo, pueden detenerme?
Sí. Se insiste. El fallo se refiere únicamente el ámbito privado. No se puede mostrar droga en público.
¿Qué debe hacer la Policía si se denuncia que hay personas consumiendo en público?
Debe concurrir y detenerlas, ya que eso está prohibido.
¿Qué se dijo de los menores?
La Corte analizó el caso de mayores. Como cualquier sustancia tóxica, se infiere que los menores no deben consumirlas.
¿Los siete jueces opinaron igual?
Sí, y exhortaron al poder Ejecutivo y al Legislativo a que encaren una política de Estado contra el narcotráfico.








