Otro fallo judicial despenalizó la tenencia de estupefacientes

13 Junio 2009
Buenos Aires.- La Cámara Federal volvió a despenalizar la tenencia de estupefacientes para consumo personal al declarar la inconstitucionalidad del artículo 14 de la norma conocida como "Ley de Drogas", la 23.737, la cual prevé una penalización de esa conducta.
Así lo ratificaron los camaristas Eduardo Freiler y Eduardo Farah, quienes revocaron un procesamiento dictado en primera instancia por el juez federal Marcelo Martínez de Giorgi.
El hecho tuvo lugar cuando una mujer -cuya identidad no fue dada a conocer- fue interceptada por la Policía Federal el 2 de febrero del año pasado, y se le secuestraron en su poder 5,04 gramos de cocaína. Al fundar la resolución, los jueces dictaron la inconstitucionalidad del artículo 14 de la Ley 23.737, y así sobreseyeron a la joven. Los camaristas invocaron lo establecido en el artículo 19 de la Constitución Nacional que establece que "las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios y exentas de la autoridad de los magistrados". El artículo 14 de la Ley 23.737, penaliza con un mes a dos años de prisión a quien tuviere en su poder droga que, "por su escasa cantidad y demás circunstancias surgiere inequívocamente que la tenencia es para uso personal". (NA)

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