Preguntas frecuentes
15 Febrero 2009

1 -¿Cuál es el origen de la controversia?
Como consecuencia de una acción impulsada por el Colegio de Abogados, la Justicia declaró inconstitucional la disposición de la Carta Magna de 2006 que posibilitaba que el Poder Ejecutivo organizara -por decreto- el Consejo Asesor de la Magistratura (CAM), previsto para la selección de los aspirantes a jueces.

2 -¿Por qué hay tantas vacantes en la Justicia?
Porque desde mediados de 2008 decenas de jueces se jubilaron para acceder al beneficio del 82% móvil. En diciembre, la Ley 8.136 autorizó la designación de jueces subrogantes, pero sin fijar un mecanismo que permitiera sopesar la idoneidad de los postulantes. Una medida cautelar bloqueó la ejecución de la ley.

3 -¿Qué pretende la instancia de diálogo abierta?
Después de casi dos años y ocho meses de controversia, el vicegobernador, Juan Manzur, y las autoridades de los dos colegios de abogados (de la capital y del sur) entablaron conversaciones, en el afán de explorar la posibilidad de una solución al problema de la cobertura de la treintena de vacantes.

4 -¿Cuál es la posición de los abogados?
Que, por medio de una ley, se puede integrar el CAM, teniendo en cuenta que la Constitución de 2006 tampoco decía cómo debía conformarse el CAM, sino que delegaba al PE esa potestad. Por ende, en vez de por decreto, el CAM puede ser constituido por ley, en consonancia con el voto de la mayoría de la Corte Suprema.

5 -¿Qué más sostienen los letrados?
Que ese CAM, integrado equilibradamente (sin preponderancia del estamento político), puede encargarse de seleccionar a quienes ocuparán definitivamente las vacantes. Pero, dada la urgencia por cubrir los cargos, también de la de quienes podrían desempeñarse en forma provisoria o como subrogantes.

6 -¿Cuál es el método de selección que propugnan?
Los abogados postulan que no puede haber jueces independientes sin un proceso de selección (en la órbita del CAM) que no incluya la celebración de concursos de oposición y antecedentes, como manda la Constitución. Pero admiten que, en el caso de los subrogantes, el mecanismo podría simplificarse.

7 -¿Qué argumentan en el oficialismo?
Que el fallo de la Corte no es tan claro y que, en principio, sólo una futura reforma constitucional determinará la integración del CAM. Pero el gobernador José Alperovich también dijo que, si le aseguren la posibilidad de otra reelección, está dispuesto a que el CAM sea conformado como quieran los abogados.

8 -Entonces, ¿se oponen a un CAM creado por ley?
En principio, sí, por lo que ciñen todo al sistema de selección de jueces provisorios. Argumentan que, aun cuando acordaran con los abogados la integración del CAM por ley, siguen en pie muchas causas contra cláusulas de la Constitución de 2006 (incluida la de la reelección), lo que sólo puede ser subsanado por otra reforma.

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