Relatores quieren que se los reconozca para poder participar

27 Noviembre 2008
Una treintena de empleados que cumplen funciones de relatores en juzgados y defensorías solicitaron a la Corte Suprema que los reconozca como secretarios judiciales "B". El pedido tiene como telón de fondo que el artículo 2 de la Ley 8.136 establece que quienes aspiren a desempeñarse como jueces interinos deben reunir los requisitos fijados por el artículo 117 de la Constitución. Este, para cada cargo, prevé los años de ejercicio libre de la profesión o en secretarías judiciales que deben acreditar los abogados interesados. El artículo 2 de la Ley 8.136 agrega que también se computarán "los años de ejercicio del cargo de relator". Por eso, los empleados, que hoy revisten como encargados mayores auxiliares, aspiran a que los recategoricen como secretarios (para que puedan anotarse en el registro de postulantes a interinos), ya que la Ley Orgánica sólo prevé la figura del relator de Corte. "Pese a desarrollar idéntica labor que los relatores de Corte y que los secretarios judiciales ?A?, designados para tal función en las Cámaras -todos funcionarios de ley-, nosotros figuramos como personal técnico administrativo", explicaron en la nota presentada.

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