01 Agosto 2007 Seguir en 
No es posible construir la república si sus medios esenciales, que son los hombres, no cultivan las virtudes que se requieren, expresaba Aristóteles hace 2.300 años en su “Etica a Nicómano”. Desde entonces, esa condición sigue inmutable y dando testimonios de fracasos y victorias, como conjunto de principios que regulan la moral y las obligaciones de las personas públicas. De nada o de muy poco sirven las instituciones si quienes las custodian y aplican no lo hacen con la condición de ese concepto aristotélico, el de la ética, que no es una investidura sino una convicción del funcionario. Es muy difícil, hasta el punto de lo imposible, regular normativamente ese valor que distingue por convicción a los mejores, pero el Estado moderno trata de hacerlo precisando sus principios más obvios y generales, bajo controles de gestión autónomos a los que la sociedad debe tener acceso.
En nuestro caso se trata de la ley 25.188 de Etica Pública, vigente desde enero de 2000. Sus exigencias fundamentales son: transparencia en las decisiones de gobierno sin limitar la información, salvo en casos normativos de interés público; empleo de bienes del Estado con fines autorizados específicamente; abstención de usar instalaciones y servicios del Estado para beneficio particular de los funcionarios, de familiares, de allegados o de personas ajenas a la gestión oficial.
La ley 25.188 dispuso la creación de una Comisión Nacional de Etica Pública, en el ámbito del Congreso, y que todavía no se ha constituido, integrada por 11 ciudadanos con reconocidos antecedentes y prestigio público, de condición electiva. Considerables vericuetos ha recorrido hasta el momento este órgano de control que, con el transcurso del tiempo, no parece provocar en la actualidad inquietud alguna entre la mayoría de los legisladores.
Esa circunstancia, más la gradual desarticulación del sistema de partidos políticos denunciado recientemente por la Cámara Nacional Electoral como un testimonio de la crisis de nuestro sistema democrático, configuran una realidad preocupante. Pero no sólo debe inquietar la despreocupación de los poderes públicos, sino el estilo desconcertante con que muchos de sus responsables ejercen sus investiduras haciendo caso omiso de instituciones y exhibiendo sin pudores la violación de elementales principios éticos como procedimientos requeridos en nombre de un recurrente tiempo nuevo.
“No creemos en los rejuntados nacionales, ni en los acuerdos cupulares”, ha llegado a expresar el Presidente la Nación junto a su esposa, candidata a sucederlo por su propia y exclusiva decisión. Esa expresión tan concomitante con la realidad pública y política que atraviesa el país y que se corrobora desde el nivel de poder más elevado, ha devenido en un estilo de comportamientos políticos que desoye de elementales principios éticos y fulmina la ley 25.188, sin instrumento para sancionarlos por la propia omisión de quienes la violan.
Impuesto como un modelo ineludible, la oposición lo acepta y practica sin poderlo superar ante la fuerza de los hechos. Paradoja inédita en la historia de la Nación, pues, más que el vaciamiento institucional, es la crisis ética de sus dirigencias como tales el mal que la acosa. Frente a ello, la historia propone como excluyente alternativa la reparación en las urnas por la sociedad, urgida y cautiva de satisfacciones inmediatas en desmedro del porvenir de la República.
En nuestro caso se trata de la ley 25.188 de Etica Pública, vigente desde enero de 2000. Sus exigencias fundamentales son: transparencia en las decisiones de gobierno sin limitar la información, salvo en casos normativos de interés público; empleo de bienes del Estado con fines autorizados específicamente; abstención de usar instalaciones y servicios del Estado para beneficio particular de los funcionarios, de familiares, de allegados o de personas ajenas a la gestión oficial.
La ley 25.188 dispuso la creación de una Comisión Nacional de Etica Pública, en el ámbito del Congreso, y que todavía no se ha constituido, integrada por 11 ciudadanos con reconocidos antecedentes y prestigio público, de condición electiva. Considerables vericuetos ha recorrido hasta el momento este órgano de control que, con el transcurso del tiempo, no parece provocar en la actualidad inquietud alguna entre la mayoría de los legisladores.
Esa circunstancia, más la gradual desarticulación del sistema de partidos políticos denunciado recientemente por la Cámara Nacional Electoral como un testimonio de la crisis de nuestro sistema democrático, configuran una realidad preocupante. Pero no sólo debe inquietar la despreocupación de los poderes públicos, sino el estilo desconcertante con que muchos de sus responsables ejercen sus investiduras haciendo caso omiso de instituciones y exhibiendo sin pudores la violación de elementales principios éticos como procedimientos requeridos en nombre de un recurrente tiempo nuevo.
“No creemos en los rejuntados nacionales, ni en los acuerdos cupulares”, ha llegado a expresar el Presidente la Nación junto a su esposa, candidata a sucederlo por su propia y exclusiva decisión. Esa expresión tan concomitante con la realidad pública y política que atraviesa el país y que se corrobora desde el nivel de poder más elevado, ha devenido en un estilo de comportamientos políticos que desoye de elementales principios éticos y fulmina la ley 25.188, sin instrumento para sancionarlos por la propia omisión de quienes la violan.
Impuesto como un modelo ineludible, la oposición lo acepta y practica sin poderlo superar ante la fuerza de los hechos. Paradoja inédita en la historia de la Nación, pues, más que el vaciamiento institucional, es la crisis ética de sus dirigencias como tales el mal que la acosa. Frente a ello, la historia propone como excluyente alternativa la reparación en las urnas por la sociedad, urgida y cautiva de satisfacciones inmediatas en desmedro del porvenir de la República.







