Los servilismos parlamentarios
Expectativa por una eventual decisión de la Corte Suprema de Justicia sobre el caso Patti, a quién la Cámara de Diputados le impidió asumir. Las consecuencias políticas. Por Angel Anaya - Columnista.
02 Junio 2007 Seguir en 
BUENOS AIRES.- Es muy probable que la mayoría de la Cámara de Diputados se rasgue las vestiduras si la Corte Suprema, como se espera, resuelve que la banca de la que privó al ex subcomisario Luis Patti le pertenece y debe tomársele el juramento que se le negó, a horas de que no fuera objetado el metamorfósico de Borocotó. Patti fue acusado por crímenes durante la dictadura pero la Cámara Federal Electoral sostuvo el principio de inocencia, por falta de sentencia condenatoria. Carencia de idoneidad moral, sostuvo no obstante la mayoría parlamentaria kichnerista que avaló la mudanza ultraveloz de Borocotó. Dos jueces de la Corte consideran que se trata de una cuestión no judiciable, en otro de esos vaivenes que se producen en nuestra política; por otra parte, la candidatura de Patti no fue cuestionada durante el plazo previo a las urnas que determina el régimen electoral y colectó 400.000 votos. La situación de Bussi
Algo semejante ocurrió con Antonio Bussi, pero el transcurso del tiempo terminó con el período para el que fue elegido y su caso judicial no tendrá consecuencias. El eventual fallo de la Corte en el caso de Patti será sin duda otro testimonio de que el Poder Judicial se ha ido liberando de las presiones que hasta hace un tiempo recibió de Kirchner, ahora afectado por la serie de dificultades que debe enfrentar su gobierno.
Un caso bastante más grave para el Poder Legislativo que algún día tendrá consecuencias cuando se lo analice históricamente -y que será invocado por defensores de acusados por violaciones de los derechos humanos- es el de las leyes de Obediencia debida y de Punto final. Sancionadas ambas por amplias mayorías de ambas cámaras a solicitud del ex presidente Raúl Alfonsín, fueron declaradas nulas a pedido del presidente Kirchner, en lugar de derogadas, para evitar que el efecto retroactivo impidiese nuevos juzgamientos de casos y situaciones imputables.
Es decir que las sanciones legislativas inobjetables, por muy amplias mayorías de radicales y justicialistas que las debatieron y aprobaron, fueron -años después- consideradas nulas, dando lugar a tácitas imputaciones de quienes votaron a favor de esas leyes.
Por otra parte, no es lo mismo algo nulo o que no existe ni existió, que anulable o derogable porque hubo error objetivo en su sanción. Por ambas posturas y en las dos ocasiones votaron no pocos legisladores que seguramente no serán objeto de juicios políticos, por más que sí sean pasibles de alguna manera para sanear el contaminado aire político que afecta a la República. A lo sumo, podrán invocar necesidades políticas pero, por tratarse de quienes hacen las leyes, esas conductas han sido de extraordinaria gravedad. (De nuestra Sucursal)







