24 Septiembre 2002 Seguir en 
Buenos Aires.- La Organización Mundial de Comercio (OMC) determinó ayer la ilegalidad del Sistema de Bandas de Precios (SBP) que aplica Chile a la exportación de productos agrícolas argentinos.
La decisión fue adoptada por el Organo de Apelación de la OMC, al resolver de manera favorable la presentación de la Argentina sobre la ilegalidad del SBP chileno con el Acuerdo de Agricultura del organismo multilateral, en concordancia con la evaluación hecha en primera instancia por un panel ad hoc.
Según informó la Cancillería, "el caso involucra intereses del complejo cerealero oleaginoso, principal sector agroexportador de nuestro país, los que se encontraban afectados por el SBP de Chile que dificultaba las colocaciones argentinas de aceites, trigo y harina de trigo a ese país.
El SBP de Chile afectó el acceso de productos por más de U$S 120 millones en los últimos años.
El SBP es un mecanismo que determina aranceles a la importación en función de precios máximos y mínimos, que al ser aplicados tienen el mismo efecto que los derechos antidumping. (TELAM)
La decisión fue adoptada por el Organo de Apelación de la OMC, al resolver de manera favorable la presentación de la Argentina sobre la ilegalidad del SBP chileno con el Acuerdo de Agricultura del organismo multilateral, en concordancia con la evaluación hecha en primera instancia por un panel ad hoc.
Según informó la Cancillería, "el caso involucra intereses del complejo cerealero oleaginoso, principal sector agroexportador de nuestro país, los que se encontraban afectados por el SBP de Chile que dificultaba las colocaciones argentinas de aceites, trigo y harina de trigo a ese país.
El SBP de Chile afectó el acceso de productos por más de U$S 120 millones en los últimos años.
El SBP es un mecanismo que determina aranceles a la importación en función de precios máximos y mínimos, que al ser aplicados tienen el mismo efecto que los derechos antidumping. (TELAM)







