Cooperativas financieras
Por PKF Villagarcía & Asociados (www.pkfargentina.com.ar). El nuevo sistema que habilitó el Banco Central puede beneficiar sobre todo a las PyME.
13 Agosto 2006 Seguir en 
Con la promulgación de la Ley 25.782, que modifica las facultades de las cajas de crédito cooperativas y su posterior reglamentación por parte del Banco Central, a través de las Comunicaciones "A" 4183 y "A" 4421 y sus complementarias y/o modificatorias, se ha abierto una nueva oportunidad de negocio para aquellas cooperativas que todavía no han incursionado en el negocio financiero. Actualmente el sistema financiero tradicional se encuentra atravesando una crisis de credibilidad, que ha llevado a que los pequeños inversores intenten colocar sus excedentes financieros en entidades más transparentes, que le permitan lograr mayor credibilidad y transparencia, mejores rendimientos y sentido de pertenencia con la institución. Estos objetivos no son fáciles de alcanzar en las actuales condiciones en que se encuentra el sistema financiero argentino.
Sumado a esto, actualmente, en la Argentina las PyME afrontan una serie de dificultades al momento de intentar acceder al crédito, que hacen que el mismo se vuelva un objetivo casi inalcanzable. Un camino en el cual chocan con largos trámites administrativos, complejos análisis de la capacidad de pago, elevadas tasas de interés y requisitos de garantías difíciles de cumplir.
Con la nueva reglamentación para las cajas de crédito, se ha buscado ampliar la oferta de servicios de aquellas cooperativas que en la actualidad no poseen un brazo financiero, el cual les permitirá colocar sus excedentes financieros y el de los asociados, a la vez que posibilita el acceso al crédito de ellos.
Actualmente en la Argentina existen aproximadamente unas 20.000 cooperativas de las cuales sólo el 1,5% se dedica al crédito y otro 1% al consumo. Si analizamos estos datos podemos observar que existe un gran número de cooperativas que cuentan con un gran potencial, por su cantidad de asociados, que podrían incorporar el negocio financiero y así brindarle este nuevo servicio a sus asociados. En este primer análisis, vemos que las podrían verse más favorecidas son aquellas cooperativas de servicios públicos del interior del país, ya que cuentan con una gran cartera de asociados a los cuales ya les presta una serie de servicios y que podrían incorporar la capitación y colocación de sus fondos como otro nuevo producto. Otra actividad que podría verse favorecida es la agropecuaria, la cual podría acceder a créditos sin los complejos trámites que le presentan los bancos tradicionales.
Si analizamos la distribución geográfica de tipo de cooperativas, encontramos que en su mayoría están ubicadas en el interior del país, en localidades en las cuales el sistema financiero tradicional se encuentra poco desarrollado y la oferta de productos, tanto para la colocación de excedentes como para la captación de préstamos, es escasa. Ahora bien; cuáles son los requisitos que estableció esta nueva legislación para la instalación de este tipo de entidades:
Para poder actuar como cajas de crédito, deberán constituirse como sociedades cooperativas, operar con casa única. Desarrollar actividades en locales a la calle funcionalmente independientes de otra empresa.
Las operaciones legalmente podrán realizarse con asociados que (en todos los casos) deberán acreditar la suscripción e integración de cuotas sociales por un importe mínimo de $ 200 y hallarse radicados en el partido correspondiente al domicilio de la entidad.
Los dos tercios de la nómina de las personas que integrarán el consejo de administración deberán demostrar idoneidad para la función a cuyo efecto se tendrán en cuenta antecedentes de desempeño en la actividad financiera y/o la experiencia acreditada en el manejo de carteras crediticias comerciales adquirida en el ámbito de la actividad de los respectivos consejeros.
En síntesis, con esta nueva reglamentación, las Cajas de Crédito Cooperativas podrán incorporar un brazo financiero para la captación de fondos y la colocación de sus propios excedentes, a la vez que financiar a sus asociados y brindarles otros servicios que estos puedan necesitar, como pago de remuneraciones, cajeros automáticos o letras de cambio.
Sumado a esto, actualmente, en la Argentina las PyME afrontan una serie de dificultades al momento de intentar acceder al crédito, que hacen que el mismo se vuelva un objetivo casi inalcanzable. Un camino en el cual chocan con largos trámites administrativos, complejos análisis de la capacidad de pago, elevadas tasas de interés y requisitos de garantías difíciles de cumplir.
Con la nueva reglamentación para las cajas de crédito, se ha buscado ampliar la oferta de servicios de aquellas cooperativas que en la actualidad no poseen un brazo financiero, el cual les permitirá colocar sus excedentes financieros y el de los asociados, a la vez que posibilita el acceso al crédito de ellos.
Actualmente en la Argentina existen aproximadamente unas 20.000 cooperativas de las cuales sólo el 1,5% se dedica al crédito y otro 1% al consumo. Si analizamos estos datos podemos observar que existe un gran número de cooperativas que cuentan con un gran potencial, por su cantidad de asociados, que podrían incorporar el negocio financiero y así brindarle este nuevo servicio a sus asociados. En este primer análisis, vemos que las podrían verse más favorecidas son aquellas cooperativas de servicios públicos del interior del país, ya que cuentan con una gran cartera de asociados a los cuales ya les presta una serie de servicios y que podrían incorporar la capitación y colocación de sus fondos como otro nuevo producto. Otra actividad que podría verse favorecida es la agropecuaria, la cual podría acceder a créditos sin los complejos trámites que le presentan los bancos tradicionales.
Si analizamos la distribución geográfica de tipo de cooperativas, encontramos que en su mayoría están ubicadas en el interior del país, en localidades en las cuales el sistema financiero tradicional se encuentra poco desarrollado y la oferta de productos, tanto para la colocación de excedentes como para la captación de préstamos, es escasa. Ahora bien; cuáles son los requisitos que estableció esta nueva legislación para la instalación de este tipo de entidades:
Para poder actuar como cajas de crédito, deberán constituirse como sociedades cooperativas, operar con casa única. Desarrollar actividades en locales a la calle funcionalmente independientes de otra empresa.
Las operaciones legalmente podrán realizarse con asociados que (en todos los casos) deberán acreditar la suscripción e integración de cuotas sociales por un importe mínimo de $ 200 y hallarse radicados en el partido correspondiente al domicilio de la entidad.
Los dos tercios de la nómina de las personas que integrarán el consejo de administración deberán demostrar idoneidad para la función a cuyo efecto se tendrán en cuenta antecedentes de desempeño en la actividad financiera y/o la experiencia acreditada en el manejo de carteras crediticias comerciales adquirida en el ámbito de la actividad de los respectivos consejeros.
En síntesis, con esta nueva reglamentación, las Cajas de Crédito Cooperativas podrán incorporar un brazo financiero para la captación de fondos y la colocación de sus propios excedentes, a la vez que financiar a sus asociados y brindarles otros servicios que estos puedan necesitar, como pago de remuneraciones, cajeros automáticos o letras de cambio.







