19 Julio 2002 Seguir en 
La Procuración General de la Nación ha dictaminado que la ley 25.453, de déficit cero, es inconstitucional, careciendo de validez jurídica en la medida que dio lugar a la reducción del 13% de los sueldos de la administración pública y las remuneraciones previsionales. En respuesta a esa declaración, el jefe del Gabinete del Poder Ejecutivo, Alfredo Atanasof, ha rechazado la posibilidad en plazo cierto de que dichos salarios y jubilaciones se normalicen, alternativa que en última instancia ha debido quedar a cargo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Pero no sólo eso, sino que el alto funcionario gubernamental ha sostenido sin reserva alguna que "la Justicia debería respaldar la política económica del gobierno", tesis cuando menos abusiva que arroja sombras sobre la opinión que le merece el régimen de separación de poderes que ordena nuestro sistema institucional.
El dictamen en cuestión aclara bien que el caso originario del debate jurídico en que la Corte Suprema avaló en un primer fallo esos recortes remunerativos, fue razonable por la precisión de la medida oficial. No así, se señala, el segundo decreto -del 13 de julio de 2001- dictado bajo parámetros inequitativos y más rígidos que establecen gran ambigüedad en lo que concierne a la recuperación de los haberes incumplidos.
En efecto, la segunda decisión oficial no se fijó un límite de tiempo, transformando irrazonablemente la remuneración fija en otra variable y fluctuante. Es por ello que la Procuración General concluye su declaración subrayando que se trata de "una modificación sustancial del contrato, incompatible con la Constitución y contraria al bienestar general que el gobierno debe promover".
La decisión del máximo tribunal de justicia atiende el caso individual de un demandante, pero su máximo nivel jurisprudencial abre puertas a la iniciativa de todos aquellos afectados en igualdad de condiciones y que ascienden a cientos de miles de ciudadanos.
El recorte legítimamente cuestionado afecta a remuneraciones superiores a los 500 pesos efectivos, gravando fundamentalmente la situación de vastos sectores de la clase media que están soportando crecientes tasas de deterioro social, además de gravitar decisivamente en la baja sostenida del consumo que perturba al crecimiento de la economía.
Lo que demanda de la Corte Suprema el jefe del gabinete es un nuevo favor para disimular otro grueso atropello del Estado y de sus sucesivos administradores, y que cuando se trata de desconocer derechos tan fundamentales como el de propiedad, se disponen generalmente para quedarse al servicio de la injusta voracidad fiscal.
Tampoco puede dejar de sorprender que el funcionario de marras que reclama sumisiones a la Justicia pertenezca a un sector, el sindical, a la defensa de cuyos intereses dedicó la mayor parte de su actividad pública hasta asumir el importante cargo gubernamental que desempeña con tan equivocada concepción.
El dictamen en cuestión aclara bien que el caso originario del debate jurídico en que la Corte Suprema avaló en un primer fallo esos recortes remunerativos, fue razonable por la precisión de la medida oficial. No así, se señala, el segundo decreto -del 13 de julio de 2001- dictado bajo parámetros inequitativos y más rígidos que establecen gran ambigüedad en lo que concierne a la recuperación de los haberes incumplidos.
En efecto, la segunda decisión oficial no se fijó un límite de tiempo, transformando irrazonablemente la remuneración fija en otra variable y fluctuante. Es por ello que la Procuración General concluye su declaración subrayando que se trata de "una modificación sustancial del contrato, incompatible con la Constitución y contraria al bienestar general que el gobierno debe promover".
La decisión del máximo tribunal de justicia atiende el caso individual de un demandante, pero su máximo nivel jurisprudencial abre puertas a la iniciativa de todos aquellos afectados en igualdad de condiciones y que ascienden a cientos de miles de ciudadanos.
El recorte legítimamente cuestionado afecta a remuneraciones superiores a los 500 pesos efectivos, gravando fundamentalmente la situación de vastos sectores de la clase media que están soportando crecientes tasas de deterioro social, además de gravitar decisivamente en la baja sostenida del consumo que perturba al crecimiento de la economía.
Lo que demanda de la Corte Suprema el jefe del gabinete es un nuevo favor para disimular otro grueso atropello del Estado y de sus sucesivos administradores, y que cuando se trata de desconocer derechos tan fundamentales como el de propiedad, se disponen generalmente para quedarse al servicio de la injusta voracidad fiscal.
Tampoco puede dejar de sorprender que el funcionario de marras que reclama sumisiones a la Justicia pertenezca a un sector, el sindical, a la defensa de cuyos intereses dedicó la mayor parte de su actividad pública hasta asumir el importante cargo gubernamental que desempeña con tan equivocada concepción.







