La conformación de la Corte

Debate sobre cual será la cantidad de jueces convenientes para conformar el Supremo Tribunal.

11 Junio 2005
La inesperada renuncia del juez Augusto Belluscio a la Corte Suprema de Justicia, para acogerse a la jubilación, ha reabierto el debate acerca del número más conveniente de integrantes para que el máximo tribunal de la República se desempeñe de acuerdo con el espíritu de la Constitución nacional. Belluscio asumió su decisión invocando razones éticas, por haber sido autor de la iniciativa que prorrogó el plazo de los magistrados para jubilarse más allá de los 75 años, y considerar incorrecto hacer uso de la ella. Tras su anuncio, formuló una serie de consideraciones en las que calificó de "realmente repugnante" la ampliación de cinco a nueve del número de integrantes del tribunal, con la finalidad evidente de favorecer al Poder Ejecutivo mediante la que bochornosamente fue denominada "mayoría automática". Ello constituyó una de las primeras decisiones del ex presidente Carlos Menem a poco de asumir el gobierno, en 1989, consecuente con el Pacto de Olivos y aprobada por el Congreso. La opinión de Belluscio ha sido compartida por otros miembros de la Corte y por notorios juristas agregándose a la misma la necesidad de reducir el número de cuestiones asignadas a su gestión. Tan variado y excepcional que otro juez del tribunal, Carlos Fayt, lo ha comparado con un almacén de ramos generales. Para ilustrar esa referencia basta señalar que la Corte de Estados Unidos atiende entre 100 y 150 asuntos al año, mientras que cada juez del tribunal argentino debe analizar por día entre 40 y 50 expedientes.
La historia de la Corte Suprema ha sido el eco de las adversidades institucionales de la Nación, como demuestran las situaciones que debió soportar. Entre 1863, año de su constitución y 1946, mantuvo la continuidad, superando inclusive el golpe de Estado de 1930, para ser objeto de un juicio político colectivo en 1946, cuando se removió a cuatro de sus cinco integrantes. En 1955, tras la caída del gobierno peronista, el régimen de facto efectuó otro relevo colectivo. Tres años después, el número de jueces se elevó de cinco a siete por el gobierno de Arturo Frondizi, pero otro golpe militar destituyó a la totalidad en 1966 volviendo al número de cinco.
En 20 años, el tribunal supremo soportó cuatro cambios, siguiendo posteriormente con frecuencia semejante los de 1973, 1976, 1983 y 1994, cuando la reforma constitucional produjo movimientos por renuncias o jubilaciones anticipadas. Puede afirmarse así que desde 1946 todos los gobiernos, civiles o militares, con excepción de los presididos por Arturo Illia y por Fernando de la Rúa, introdujeron modificaciones o relevaron a la totalidad de la Corte.
Esta última perspectiva es la que, al parecer, motiva que el presidente Néstor Kirchner haya señalado que no contempla la modificación del número de magistrados del máximo tribunal, preocupado por la repetición de la oscura historia. Si bien los hechos están demostrando que los recientes cambios de sus miembros mediante un veloz trámite, por más que constitucional, han recuperado independencia para el tribunal, el Presidente no debe dejar de advertir que se trata de un asunto de Estado que excede a una decisión personal. Por consiguiente, el tema demanda una amplia consulta con elevada calificación de opiniones y fundamentos, a la que debe sumarse el Congreso, donde aguardan consideración numerosas iniciativas con orígenes políticos muy diversos, inclusive en el oficialismo.
El reciente y duro cruce entre del jefe del Gobierno y ministros de la Corte en defensa de su independencia ha sido una señal importante para advertir que las decisiones como la que está en debate deben contar con un amplio y calificado consenso.

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