Se operó la nariz, la cirugía salió mal y ahora los médicos deberán pagarle $50 millones

El joven tenía 19 años cuando se sometió a una rinoplastia estética y funcional, pero aseguró que quedó con dificultades respiratorias y una deformación nasal.

MALA PRAXIS. El joven tenía 19 años cuando se sometió a una rinoplastia estética y funcional, pero aseguró que quedó con dificultades respiratorias y una deformación nasal.
MALA PRAXIS. El joven tenía 19 años cuando se sometió a una rinoplastia estética y funcional, pero aseguró que quedó con dificultades respiratorias y una deformación nasal. IMAGEN TOMADA DE TN

Un joven de 19 años se sometió a una cirugía de nariz para corregir una desviación del tabique y mejorar su respiración, pero denunció que, lejos de solucionar sus problemas, la intervención le dejó nuevas secuelas. Tras reclamar por presunta mala praxis, la Justicia ordenó indemnizarlo con $49.800.000 más intereses.

El caso llegó a la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Morón luego de que un juzgado de primera instancia rechazara la demanda. Sin embargo, al revisar las pruebas, los camaristas revocaron esa decisión y responsabilizaron a los médicos intervinientes y al sanatorio donde se realizó la operación.

El 12 de julio de 2022, Gonzalo Ramiro Aguiar se sometió a una rinoplastia estética y funcional en el Sanatorio Nuestra Señora del Pilar, en Morón. Antes de la intervención, presentaba una desviación del tabique nasal, dificultades para respirar, ronquidos y alteraciones en la percepción de olores y sabores. Su objetivo era corregir esos problemas y mejorar también la apariencia de su nariz.

Sin embargo, después de la cirugía advirtió que las molestias respiratorias persistían y que su nariz había sufrido cambios en su aspecto. En la demanda también describió otras complicaciones durante los controles posteriores.

Entre las secuelas denunciadas mencionó:

- Dificultades respiratorias que no mejoraron con la operación.

- Sequedad frecuente en la boca y la garganta.

- Alteraciones en la apariencia de la nariz.

- Dolores y sangrado durante una revisión médica.

El paciente sostuvo que una de las profesionales le había informado que no se habían retirado por completo determinados espolones óseos. Más adelante, consultó con otros especialistas, quienes evaluaron la posibilidad de realizar una nueva intervención para corregir la obstrucción nasal.

Por qué la Justicia había rechazado inicialmente la demanda

En noviembre de 2025, el Juzgado en lo Civil y Comercial N.º 7 de Morón rechazó el reclamo. La resolución se había apoyado principalmente en una pericia médica que no consideró suficientemente acreditada la relación entre la operación y las secuelas denunciadas.

Aguiar apeló y la Cámara volvió a analizar las pruebas incorporadas al expediente. Los jueces señalaron que la posibilidad de realizar una cirugía reparadora no elimina los daños que el paciente pudo haber sufrido hasta ese momento.

También valoraron una pericia psicológica que detectó un trastorno adaptativo crónico, con ansiedad y síntomas depresivos, y estableció una incapacidad psicológica del 15%.

Otro de los puntos considerados fueron las irregularidades en la documentación médica. La Cámara advirtió que los formularios de consentimiento informado no explicaban adecuadamente los riesgos ni las posibles complicaciones de la intervención.

A esto se sumaron registros poco legibles y faltantes en la historia clínica, principalmente en lo referido a los controles posteriores y al seguimiento del paciente.

La indemnización que deberán pagar los médicos y el sanatorio

El 24 de agosto de 2026, la Sala III de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Morón revocó el fallo de primera instancia y responsabilizó a los cirujanos Mauricio Vortali y Miriam Carina Sánchez, además del Sanatorio Nuestra Señora del Pilar.

La indemnización fue fijada en $49.800.000, distribuida en tres conceptos:

- $30.000.000: por incapacidad y daño psicofísico.

- $18.000.000: por daño extrapatrimonial.

- $1.800.000: para tratamiento psicológico.

La condena también alcanzó a la aseguradora Seguros Médicos S.A., dentro de los límites de la cobertura correspondiente.

En cuanto a los intereses, los jueces dispusieron aplicar una tasa del 6% anual desde el momento del hecho hasta la sentencia de Cámara. A partir de allí, deberá utilizarse la tasa pasiva más alta del Banco Provincia hasta que se concrete el pago.

Por lo tanto, los $49.800.000 corresponden al capital de la indemnización. El monto final será superior una vez que se calculen los intereses establecidos en la sentencia.

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