El FAL entra en vigencia el 1° de noviembre: cuánto aportarán las empresas y qué deben hacer
A menos de 15 días de la entrada en vigencia del Fondo de Asistencia Laboral, las firmas deberán definir cómo administrarán los aportes, elegir una entidad habilitada y obtener el identificador necesario para operar.
Resumen para apurados
- El 1° de noviembre entra en vigencia en Argentina el Fondo de Asistencia Laboral para que las empresas financien indemnizaciones y reduzcan la conflictividad en despidos.
- Creado por la Ley de Modernización Laboral, ARCA detraerá de cargas sociales aportes del 1% para grandes firmas y 2,5% para pymes para constituir cuentas individuales.
- Las compañías deben habilitar cuentas y obtener su ID FAL antes del plazo; el régimen otorgará mayor previsión a desvinculaciones sin alterar montos indemnizatorios.
A menos de 15 días de la entrada en vigencia del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), en el marco de la flexibilización laboral impulsado por el gobierno de Javier Milei, las empresas enfrentan una etapa decisiva para poner en marcha el nuevo esquema. Desde el 1° de noviembre, el mecanismo incorporará una previsión financiera destinada a asistir a los empleadores ante desvinculaciones, que crecen cada día en el país, por lo que las organizaciones privadas deberán completar una serie de definiciones administrativas, operativas y financieras.
El régimen fue creado por la Ley de Modernización Laboral N° 27.802, reglamentado por el Decreto 408/2026 y operacionalizado por la Resolución General 5907/2026 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Uno de los puntos centrales del FAL es que busca dar mayor previsibilidad al cumplimiento de las obligaciones indemnizatorias. Desde la perspectiva del trabajador, uno de sus principales aportes es que busca dar mayores garantías respecto del cobro de las indemnizaciones que correspondan ante una eventual finalización del vínculo laboral, señaló Mariano Muñoz, coordinador de la Comunidad de Asuntos Laborales y miembro de la Comisión Directiva de la Asociación De Recursos Humanos de Argentina (Adrha).
En esa línea, señaló tres aspectos centrales para entender su impacto:
- Mayor previsibilidad para el trabajador: el FAL establece un mecanismo de previsión destinado específicamente a afrontar las obligaciones indemnizatorias que correspondan ante una eventual desvinculación, lo que permite reducir la incertidumbre asociada a estos procesos.
- Resguardo de los derechos laborales : el FAL no reduce ni modifica las indemnizaciones que correspondan al trabajador. Su objetivo es cambiar la forma en que las organizaciones se preparan para afrontar esas obligaciones, generando un respaldo financiero destinado específicamente a ese fin.
- Procesos de desvinculación más ordenados : al existir una previsión previa de recursos, el mecanismo puede contribuir a que las eventuales reestructuraciones o finalizaciones de vínculos laborales se desarrollen con mayor previsibilidad para ambas partes y con menor margen para situaciones de conflictividad.
"Desde esta perspectiva, el FAL puede entenderse no sólo como una herramienta de gestión del riesgo para las empresas, sino también como un mecanismo que fortalece la previsibilidad dentro de las relaciones laborales y contribuye a resguardar el cumplimiento de las obligaciones que corresponden al trabajado", dijo.
Y agregó: "Además, al favorecer una mayor previsión frente a eventuales procesos de reestructuración, puede ayudar a reducir situaciones de conflictividad entre empresas, trabajadores, organizaciones sindicales y el Estado, al establecer un mecanismo previamente constituido para afrontar las obligaciones que surjan de esas situaciones".
Por su parte, Alejandra Guzmán, gerente de Legales de Grupo Gestión, prestadora de servicios profesionales de búsqueda, selección y gestión de capital humano, hizo hincapié en que "el principal riesgo en esta instancia es pensar el FAL exclusivamente como una cuestión de liquidación". "Su implementación requiere coordinación entre Recursos Humanos, Finanzas, Administración y Payroll, porque incorpora decisiones que exceden el procesamiento mensual de la nómina", añadió la consultora, quien planteó además una serie de pautas:
Elección de la entidad
Entre las principales decisiones se encuentran la selección de una entidad habilitada para administrar el FAL, la definición del vehículo de inversión (que podrá instrumentarse mediante fondos comunes de inversión o fideicomisos financieros autorizados), la apertura de la cuenta individual correspondiente y la obtención del ID FAL, identificador necesario para canalizar los aportes. De no informar un ID FAL válido ante ARCA, la Comisión Nacional de Valores (CNV) le asignará de oficio un vehículo de inversión de manera predeterminada.
¿Cuánto hay que pagar?
El esquema establece contribuciones mensuales diferenciadas según el tamaño de la empresa: 1% para grandes empleadores y 2,5% para micro, pequeñas y medianas empresas, calculadas sobre la base utilizada para determinar las contribuciones patronales al SIPA.
No se trata, sin embargo, de un costo extra en términos absolutos. ARCA detrae automáticamente el importe destinado al FAL de las contribuciones patronales con destino al SIPA, al INSSJP, al Fondo Nacional de Empleo y al Régimen de Asignaciones Familiares (salvo en las relaciones comprendidas en el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral). Si esas contribuciones no alcanzan para cubrirlo, la diferencia no puede trasladarse a períodos posteriores. Por eso, el impacto real dependerá de la situación contributiva de cada empleador. Finalmente, los fondos se acumularán en una cuenta individual por empleador y podrán generar rendimientos mediante los instrumentos de inversión previstos en la normativa.
¿Qué hacer en los días que quedan?
Con la entrada en vigencia cada vez más cerca, octubre será un mes clave para definir responsabilidades, ordenar circuitos internos y preparar los procesos necesarios para la implementación.
El área de Recursos Humanos deberá trabajar de manera coordinada con Legales, Administración, Finanzas, y Payroll para establecer responsables en cada etapa, completar las gestiones pendientes y definir cómo se integrará el FAL a los procesos habituales de liquidación y pago.
El calendario también suma un condicionante: el lunes 12 de octubre será feriado nacional, por lo que habrá una jornada hábil menos para completar gestiones administrativas. Para aquellas empresas que deban coordinar aperturas de cuentas, validaciones u otros trámites, anticipar estas gestiones puede resultar especialmente relevante.
El Decreto 408/2026 prorrogó la entrada en vigencia del FAL al 1° de noviembre y estableció las condiciones para su instrumentación. La norma busca que los empleadores cuenten con un mecanismo de fondeo destinado a asistir el cumplimiento de determinadas obligaciones derivadas de la extinción de relaciones laborales, aunque la responsabilidad final sobre las obligaciones indemnizatorias continúa correspondiendo al empleador.
Con el inicio del régimen cada vez más cerca, la prioridad pasa del análisis a la implementación. El desafío inmediato será llegar al 1° de noviembre con la cuenta abierta, el vehículo de inversión definido, el ID FAL obtenido y los procesos internos preparados para incorporar el nuevo esquema a la gestión habitual.









