El Consejo de Seguridad (ONU), aherrojado por el “Quinteto”

Carlos Duguech - Analista internacional

REALIDAD. La reforma de la Carta de la ONU parece sólo una ilusión.
REALIDAD. La reforma de la Carta de la ONU parece sólo una ilusión.
Hace 4 Hs

El 23 octubre próximo la ONU cumplirá 81 años. Durante esa extendida vigencia de su Carta constitutiva nacida días antes del fin de la Segunda Guerra Mundial (IIGM) en suelo europeo, (faltaba la rendición del imperio japonés, que se concretó el 02/09/45) sólo hubo dos reformas de artículos. Sobre el Consejo de Seguridad (CS): una, ampliando el número de miembros de 11 a 15, manteniéndose el de los miembros permanentes en los cinco originales -EE.UU., Reino Unido, Francia, URSS (devenida en Rusia) y Francia-. Y la otra, referida al sistema de votación para determinado asuntos ligados al derecho de vetar por alguno de los miembros permanentes.

¿Y la reclamada reforma?

La aritmética electoral que las potencias aliadas diseñaron en San Francisco, EE.UU., cuna de la ONU, les aseguraba a los cinco miembros permanentes del CS las palancas de gestión de la ONU al punto que en el capítulo referido a la reforma de la carta, nada menos, Capítulo XVIII, art. 108, se requieren los dos tercios de la Asamblea General (fácil de conseguir, una mayoría impulsa la reforma) tienen que estampar su firma los cinco miembros permanentes más cuatro no permanentes. Nueve en total. En suma, aun si la Asamblea General resuelve la reforma de la Carta por una mayoría aplastante de los 188 miembros (deducidos los cinco de asiento permanente en el CS) ninguna modificación se podrá hacer sin el consentimiento simultáneo de esos cinco. Esa cláusula trampa de los países poderosos sigue teniendo vigencia como cerrojo inexpugnable.

Los números

Tanto significan los números que indican preeminencia de algunos países respecto de otros –y a los fines comparativos (en una sociedad global de mercado libre vigente)- insertamos un pantallazo sobre las respectivas poblaciones de los cinco del CS, sumadas: 2.022.000 habitantes, representando el 24,5% del total mundial, que es de 8.300.000. A no buen resguardo se sitúan las poblaciones del “resto del mundo” que alcanza el 75,5 % del total. O sea que nada menos que 6.278.000 habitantes del planeta no están representados en el “sector de hierro” privilegiado del CS.

Aunque analizadas las economías conforme lo representa el producto bruto interno, los miembros del CS agrupan el 47% de la economía global definiendo estos guarismos que “el resto del mundo” alcanza a reunir el 53%. Estos porcentajes reflejan que desde el punto de vista de la “política internacional” –no de la “economía”- existe una casi paridad. Pero desde aquello de la “política internacional”- el CS no refleja sino que una minoría asuma el liderazgo para el diseño y la ejecución de la política internacional mundial. Y desde entonces y hasta ahora, los cinco son los mismos, como si toda el agua bajo todos los puentes de la historia se hubiera congelado.

Ésta es la palabra adecuada: congelado, aunque en los últimos 80 años hubo intentos que se quedaron en fracasados planes por reformar la carta. Ya dijimos por qué. Un padecimiento –nos permitimos el término- como para dar cuenta de la sumisión obligada que nos impusieron desde las bienvenidas Naciones Unidas cinco potencias triunfadoras de la IIGM. Entre ellas la que se permitió (“a río revuelto…”) incinerar de la peor y más cruel manera a dos poblaciones de un Japón ya condenado a la derrota. Y sólo para probar en esos “conejillos de Indias” dos modelos de artefactos bélicos que acababan de ser inventados (sólo 21 días antes -16/07/45- probados en laboratorio (/Los Álamos) en EE.UU.). Nefasta actitud de un promotor, firmante y autodefinido como uno “de los cinco privilegiados” de una Carta de la ONU diseñada con actitud de “dueños de casa”.

Resoluciones incumplidas

Para dar muestras de la inoperancia de algunas resoluciones del CS de la ONU (en el artículo 25 de la Carta se consagra que “los miembros de la ONU convienen en aceptar y cumplir las decisiones del CS, de acuerdo con esta Carta”) citaremos algunas de gran relevancia ligadas al M.O.

“Irán, programa nuclear y misilístico”. Res. 1.737 (2006) y Res.1.929, referidas al cese de enriquecimiento de uranio y desarrollo de misiles balísticos, respectivamente. Incumplimiento grave en tanto Irán firmó el (TNP) Tratado de no Proliferación Nuclear, que Israel no firmó). Incumplió asimismo las Res. 1.737(2006) y 1.929 (2010) por el cese de enriquecimiento uranífero y 2.817 Ataques y el Golfo y sobre navegación por estrecho de Ormuz.

Hay una resolución del CS que lo dice todo: la resolución 2.231 de julio de 2015 aprobaba por unanimidad lo acordado entre Irán y el P5+1 (EE.UU, Reino Unido, Francia, China, y Rusia más Alemania, a condición de no orientar lo nuclear hacia fines militares; por ello se levantaban las sanciones (embargo de EE.UU. y de la propia ONU). Sin embargo, a instancias de Netanyahu, Trump se borró, como si nada, del acuerdo. Traicionó a Irán y a sus propios “socios” del CS más Alemania.

(2010) La Resolución 69 que determinó que Israel cumplía con los requisitos para ser miembro y recomendó a la Asamblea General su admisión, lo que ocurrió. Si bien la carta del ministro de exteriores (1948) solicitando la admisión de Israel como miembro pleno de la ONU el 11 de mayo del siguiente año se aceptó a Israel como miembro pleno. En el caso de Israel los no cumplimientos de las resoluciones del CS ya son tradición. La 242 (1967) sobre el retiro de las fuerzas armadas del territorio ocupado en “la guerra de los seis días”. Cumplimiento sólo parcial. Una de las últimas: Res. 2.234 (2016) insta a Israel a “cesar de inmediato y por completo toda actividad de asentamientos en territorio palestino ocupado, u incluido Jerusalén Oriental y a “respetar plenamente todas sus obligaciones legales al respecto”. Sumado a ella tiene vigencia la Res. 478 del CS del 20/08/80 que censura la anexión de Jerusalén Este y la proclamación como capital. Israel se apersona en noviembre de 1948: “En nombre del estado de Israel, yo, Moshe Shertok, Ministro de Relaciones, estando debidamente autorizado por el Consejo de Estado de Israel, acepta sin reservas las obligaciones de la Carta de las Naciones Unidas y se compromete a honrarlas desde el día que se convierta en miembro de las Naciones Unidas”.

Puede afirmarse, ante tanta aparente autoridad del CS, de la ONU, en suma, que todo el esquema que se diseñó en 1945 para su funcionamiento hace agua, ríos, si se pretende ser simbólicamente prácticos.

El veto, esa guadaña

La más injusta herramienta en una carta democrática para naciones a la luz de una nueva realidad culminada la IIGM. Entonces, ningún derecho, ningún país podrá proferir a los cuatro vientos una fundada protesta por el avasallamiento del ejercicio soberano de una determinación a la luz de los hechos que relacionan a las naciones entre sí. A los 193 miembros de la ONU entre ellos.

¿Y si reformamos la Carta? Ilusión, no más que eso. La mismísima Carta diseñada por los cinco del CS lo expresa sin rubor. Sólo si los cinco están de acuerdo, así sea que en la Asamblea se consagre por aclamación una reforma. Hay que refundar la ONU. para este nuevo tiempo. Y para el futuro.

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