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Resumen para apurados
- En Argentina, monotributistas, autónomos e informales no cobrarán el aguinaldo en junio, ya que la Ley 23.041 solo contempla a trabajadores en relación de dependencia laboral.
- El SAC se liquida sobre el 50% de la mayor remuneración del semestre. El marco legal incluye al sector privado y público, dejando fuera a prestadores de servicios independientes.
- La medida evidencia la segmentación del mercado laboral argentino, donde una gran masa de trabajadores no registrados carece de beneficios previstos para el empleo formal.
El Sueldo Anual Complementario (SAC) se abona en dos partes: al final del primer y del segundo semestre. A menos de un mes de iniciar junio, los trabajadores ya empiezan a hacer sus especulaciones sobre lo que cobrarán con el aguinaldo. Pero hay un alto porcentaje de trabajadores que no recibirán el SAC por las legislaciones vigentes.
La fecha límite para recibir el depósito del aguinaldo es el último día hábil de junio. En este caso, será el martes 30. Pero la normativa permite hasta cuatro días adicionales de gracia a los empleadores para terminar de hacer el pago correspondiente. Sin embargo, esta legislación no alcanza a todos los trabajadores. Si de leyes se trata, algunos no están contemplados en el amplio grupo que recibe aguinaldo.
Quiénes no cobrarán aguinaldo
El Sueldo Anual Complementario está regido por la Ley Nº 23.041, que norma la liquidación del mismo. Según su artículo 1º, el SAC corresponde a la actividad privada, Administración Pública Central y descentralizada, empresas del Estado, empresas mixtas y empresas de propiedad del Estado. Este debe abonarse sobre el cálculo del 50% de la mayor remuneración mensual devengada dentro de los semestres que culminan en junio y diciembre de cada año.
Tomando en cuenta lo que explicita la legislación, algunos sectores quedan excluidos, no solo del pago del aguinaldo de junio, sino de todos los que deben abonarse siempre. En definitiva, quienes no recibirán aguinaldo corresponden a cuatro grupos:
- Monotributistas
- Trabajadores autónomos
- Personas que trabajan en la informalidad o sin registrar
- Prestadores de servicios independientes sin relación de dependencia








