Feriado del Día de la Memoria: horario especial del comercio el lunes 23 y martes 24

Desde la Cámara de Comercio de San Miguel de Tucumán se compartió el cronograma de horarios de atención para los primeros días de la semana próxima.

Feriado del Día de la Memoria: horario especial del comercio el lunes 23 y martes 24 Foto: Analía Jaramillo - LA GACETA
Hace 3 Hs

La Cámara de Comercio de la Capital anunció cuáles serán los horarios de atención del rubro la próxima semana. El calendario nacional de feriados tiene dos días especiales marcados en la agenda próximamente. El lunes 23 de marzo fue declarado día no laborable para promover la actividad turística y el martes 24 es feriado por el Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.

Por eso, la administración y entidades públicas, bancos e instituciones educativas no brindarán servicio durante los primeros días de la próxima semana. En paralelo a las fechas especiales del calendario, el comercio decide de forma autónoma si se atenderá o no y, en caso de hacerlo, cuál será la modalidad de apertura.

Cómo atenderá el comercio el feriado y el día no laborable

La Cámara de Comercio de San Miguel de Tucumán anunció que el día lunes, día no laborable, la apertura de los comercios se hará de forma habitual. Es decir, habrá atención de 9 a 13 y de 17.30 a 21.30. Aunque es habitual que algunos comercios abran antes y también cierren antes.

El martes 24, en cambio, al ser feriado nacional, el sector comercial decidió no abrir sus puertas. Por este motivo, se recomienda a los tucumanos de la capital prever sus compras para resolver necesidades con anterioridad.

La entidad reguladora también hizo una apreciación sobre el trabajo del día martes. “Se recuerda que, en caso de prestar servicios durante un feriado nacional, corresponde abonar a los empleados la remuneración con un recargo del 100%, conforme lo establece la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (Art. 166)”, recordaron desde la Cámara de Comercio.

Para el día no laborable, en cambio, sí depende del empleador dar el día libre o no a los trabajadores. En cualquier caso, trabajar ese día no amerita un pago doble. La jornada se abona como una jornada normal. Quienes están exentos de prestar servicios son los trabajadores de reparticiones públicas, bancos, seguros, actividades afines y establecimientos educativos.

Comentarios