11 Abril 2005 Seguir en 
Hasta 1910, en la República Argentina no había protección alguna para la propiedad intelectual y artística. Textos de famosos literatos europeos, por ejemplo, se publicaban por entregas en los diarios y revistas, sin que sus autores o editores recibieran pago alguno por esa utilización. Recién en 1894 se preparó un cambio en tan singular criterio, cuando nuestro país se adhirió al tratado de protección sancionado en Montevideo seis años atrás.
Pero faltaba la norma legal, dictada por el Congreso de la Nación. Ella apareció recién en el citado 1910, como proyecto de los diputados Carlos Carlés y Manuel Carlés. Fue nuestra primera Ley de Propiedad Intelectual, promulgada en setiembre de ese año con el número 7.092.
De allí en adelante, como es sabido, la normativa se fue perfeccionando y actualizando por otras sanciones. Pero el espíritu fue siempre el mismo. Es decir, aquel principio troncal de que nadie puede utilizar, a su antojo y gratuitamente, el material que produzca el intelecto de un autor.
Esto se respetó en nuestro país, como cosa normal y sabida, durante muchos años. Pero, al finalizar el siglo que pasó, entre otros cambios suscitados por las maravillas de la electrónica, ocurrió que la creación musical empezó a reproducirse sin permiso de sus autores y, por cierto, sin que los mismos recibieran retribución económica alguna.
Así, dio comienzo la venta callejera de casetes y discos compactos realizados sin autorización, que el lenguaje popular denominó "truchos". Constituía, como es obvio, una flagrante violación a disposiciones legales de sobra conocidas por todos.
Lejos de tratarse de una moda pasajera, aquel expendio irregular adquirió dimensiones cada vez mayores.
Hasta llegar a la realidad actual, que cualquiera puede apreciar en plena vía pública. Las carátulas burdamente fotocopiadas, son evidencia -por si hiciera falta- de que el vendedor no tiene intención alguna de ocultar el origen ilegítimo del producto que ofrece.
Más de una vez, en este comentario, hemos llamado la atención sobre esta anomalía. Señalamos la necesidad de que la Justicia actuara para corregirla drásticamente, por medio del secuestro y decomiso de esa mercadería, además del procesamiento de sus productores y expendedores.
Nuestras observaciones no tuvieron éxito, como lo comprueba el hecho de que continuó la venta de referencia. Hubo algún procedimiento aislado, después del cual todo quedó como antes.
Pareciera que, ahora, vamos a asistir a un positivo cambio en este sentido. Decimos tal cosa basándonos en los recientes allanamientos efectuados por la Policía, en los cuales se secuestraron millares de copias pirata.
Es de esperar que esta vez no se trate de medidas esporádicas, sino que representen el comienzo de un efectivo cumplimiento de las disposiciones vigentes, en este particular terreno.
Como lo hemos dicho otras veces, y a propósito de otros temas, una sociedad civilizada no puede desenvolver ningún aspecto de su vida cotidiana, al margen de lo que la ley manda.
La ley debe ser cumplida por todos, y en todos los casos, y el poder del Estado debe manifestarse con todo su rigor en tales instancias. Ello porque, si se extendiera la cultura del incumplimiento a todos los terrenos, resultaría imposible la vida ordenada y regular de la comunidad.
En este sentido, el caso del secuestro de las grabaciones truchas no debe entenderse como una anécdota. Indicaría un positivo avance del poder público dirigido a hacer efectivo el cumplimiento de la ley. Nada más, y nada menos.
Pero faltaba la norma legal, dictada por el Congreso de la Nación. Ella apareció recién en el citado 1910, como proyecto de los diputados Carlos Carlés y Manuel Carlés. Fue nuestra primera Ley de Propiedad Intelectual, promulgada en setiembre de ese año con el número 7.092.
De allí en adelante, como es sabido, la normativa se fue perfeccionando y actualizando por otras sanciones. Pero el espíritu fue siempre el mismo. Es decir, aquel principio troncal de que nadie puede utilizar, a su antojo y gratuitamente, el material que produzca el intelecto de un autor.
Esto se respetó en nuestro país, como cosa normal y sabida, durante muchos años. Pero, al finalizar el siglo que pasó, entre otros cambios suscitados por las maravillas de la electrónica, ocurrió que la creación musical empezó a reproducirse sin permiso de sus autores y, por cierto, sin que los mismos recibieran retribución económica alguna.
Así, dio comienzo la venta callejera de casetes y discos compactos realizados sin autorización, que el lenguaje popular denominó "truchos". Constituía, como es obvio, una flagrante violación a disposiciones legales de sobra conocidas por todos.
Lejos de tratarse de una moda pasajera, aquel expendio irregular adquirió dimensiones cada vez mayores.
Hasta llegar a la realidad actual, que cualquiera puede apreciar en plena vía pública. Las carátulas burdamente fotocopiadas, son evidencia -por si hiciera falta- de que el vendedor no tiene intención alguna de ocultar el origen ilegítimo del producto que ofrece.
Más de una vez, en este comentario, hemos llamado la atención sobre esta anomalía. Señalamos la necesidad de que la Justicia actuara para corregirla drásticamente, por medio del secuestro y decomiso de esa mercadería, además del procesamiento de sus productores y expendedores.
Nuestras observaciones no tuvieron éxito, como lo comprueba el hecho de que continuó la venta de referencia. Hubo algún procedimiento aislado, después del cual todo quedó como antes.
Pareciera que, ahora, vamos a asistir a un positivo cambio en este sentido. Decimos tal cosa basándonos en los recientes allanamientos efectuados por la Policía, en los cuales se secuestraron millares de copias pirata.
Es de esperar que esta vez no se trate de medidas esporádicas, sino que representen el comienzo de un efectivo cumplimiento de las disposiciones vigentes, en este particular terreno.
Como lo hemos dicho otras veces, y a propósito de otros temas, una sociedad civilizada no puede desenvolver ningún aspecto de su vida cotidiana, al margen de lo que la ley manda.
La ley debe ser cumplida por todos, y en todos los casos, y el poder del Estado debe manifestarse con todo su rigor en tales instancias. Ello porque, si se extendiera la cultura del incumplimiento a todos los terrenos, resultaría imposible la vida ordenada y regular de la comunidad.
En este sentido, el caso del secuestro de las grabaciones truchas no debe entenderse como una anécdota. Indicaría un positivo avance del poder público dirigido a hacer efectivo el cumplimiento de la ley. Nada más, y nada menos.




