La renegociación de servicios

El Gobierno quiere que las empresas privatizadas desistan de sus presentaciones internacionales.

08 Abril 2005
El Gobierno nacional aspira a que las empresas de servicios públicos privatizadas declinen la jurisdicción de tribunales internacionales en sus desacuerdos con el Estado argentino, por lo que deben desistir de los juicios ya iniciados ante el Centro Internacional de Arbitrajes del Banco Mundial (Ciadi), para renegociar sus contratos. Ante dicho organismo arbitral se consideran actualmente 31 casos de concesionarias de nuestro país por un monto estimado en 18.000 millones de dólares, de acuerdo con lo previsto por los convenios originales de concesión. La tesis oficial ha sido expuesta en el Congreso por el ministro de Justicia, Horacio Rosatti, que señaló en la ocasión que los fallos internacionales pueden ser revisados en tribunales argentinos, incluso sin necesidad de contar con una ley específica. Por su parte, legisladores oficialistas y de la oposición dieron curso a diversos proyectos que demandan la imposición de una cláusula para obligar a esas empresas a desistir de los reclamos antes de una renegociación. Debe señalarse que el gobierno pretende con dichas decisiones revisar las cláusulas de los tratados bilaterales de inversión suscriptos en la década del 90, desconociendo que los fallos del Ciadi son inapelables ante la Justicia argentina.
No se trata, por cierto, de una condición excepcional aceptada por nuestro país, sino establecida en todos los acuerdos concertados ante el organismo arbitral del BM. Por otro lado, el problema es más complejo por causa de la demora que ha tenido la renegociación de esos contratos, de los que dependen las futuras tarifas e inversiones, y que actualmente es apremiada por la proximidad de negociaciones con el Fondo Monetario y de los primeros fallos del Ciadi. Paradójicamente, mientras el ministro Rosatti exponía en el Senado aquella posición, un senador Ernesto Sanz, UCR- observaba que el Gobierno nacional aceptó recientemente firmar un acuerdo con la concesionaria de energía Edelap, sin que esta haya desistido de su demanda ante aquel tribunal; un dato testimonial del apremio que requiere el tratamiento parlamentario. Como puede advertirse, se trata de una situación cargada de incertidumbre y que debe dilucidarse a corto plazo, bajo presiones electorales y ante requerimientos de inversiones tan críticas como las del sector energético.
El ministro de Justicia, al señalar la posición del Gobierno, llegó a sostener en el Senado que no se requiere ninguna ley específica para desconocer la jurisdicción del Ciadi. Bastaría -opinó Rosatti- apelar a la jurisprudencia de la Corte Suprema de la Nación, y apuntar con ello al fallo Castellone contra Hidronor, apoyado en el artículo 27 de la Constitución. Pero no sólo podría ser ello factible como tesis jurídica, sino muy posiblemente alguna otra de la rica biblioteca que acumula el derecho. No podrá haber en cambio ninguna decisión que, conseguido el fin propuesto, impida una nueva corriente de desconfianza entre los inversores, no sólo de servicios públicos sino en otros sectores que fueron afectados por las duras consecuencias de la crisis. La inseguridad jurídica es seguramente el fantasma que más oscurece los proyectos de futuro, y de ello se tiene concluyente experiencia en nuestro país; tanto por los riesgos consumados como por el elevado nivel de compromisos que se debe asumir ante inversores con alto costo de exigencias, tal como fue necesario en los años 90. Desde esa perspectiva tan evidente, las medidas por adoptar deberían contribuir mejor a despejar toda sombra de desconfianza y de inseguridad jurídica, lo que precisamente no ocurre con el rumbo propuesto oficialmente para asegurar servicios públicos eficientes y de sostenida calidad; condición de todo proyecto de recuperación económica que el Estado nunca supo mantener.

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