04 Abril 2005 Seguir en 
La Argentina ha pagado cuantiosas sumas en materia de indemnizaciones (1.600 millones de pesos, hasta 2001) para resarcir a las personas que, con ocasión del autodenominado Proceso de Reorganización Nacional (1976-1983), fueron detenidas de modo ilegal, o que resultaron con familiares muertos. Esto, de acuerdo con leyes como la de 1992, que reconoció el derecho de resarcimiento a los que, después de haber estado detenidos a disposición del gobierno militar, se radicaron en el extranjero; la de 1994, que acordó idéntico derecho a familiares de desaparecidos, y la de 2004, que adoptó el mismo criterio con los niños nacidos durante el cautiverio de sus padres.
Ahora, el Senado de la Nación aprobó un nuevo proyecto sobre el tema, que ha pasado a Diputados. Este propone el pago de una indemnización de 74,66 pesos por cada día de exilio a los expatriados y a los menores que nacieron fuera del país cuando sus padres debieron escapar.
El autor del proyecto, el senador por Salta Marcelo Díaz Arias, argumentó que el exilio tuvo consecuencias funestas para quienes lo sufrieron, por el desarraigo, la pérdida de la identidad, la ruptura de los lazos familiares y la obligación de reconstruir sus vidas "en condiciones claramente desfavorables".
La norma propuesta, como es fácil advertir, crearía una situación injusta para otros sectores, cuya situación también tuvo características enormemente desfavorables. En efecto, no se ocupa de quienes, al carecer de medios para exiliarse, debieron permanecer en la Argentina, con el riesgo de ser víctimas de los grupos terroristas, tanto estatales como no estatales.
Verdaderos "exiliados internos" quedaron forzados a vivir en una angustia permanente, con la modificación absoluta de lo que hasta entonces constituía su existencia normal, para escapar del peligro de la muerte o de la tortura. Es decir que el mismo argumento que se utiliza para favorecer a los exiliados, podría perfectamente extenderse a todos los que permanecieron, a pesar de todo, en el país.
Tampoco se ocupa la norma de los miles de personas que, antes de instalarse el Proceso de Reorganización Nacional, en 1976, sufrieron las consecuencias de los vientos de trágica intolerancia que, desde el principio de ese decenio, soplaban sobre el país, por obra de la violencia de arriba y de la violencia de abajo.
Además, hay un costado práctico en una legislación como la que se ha proyectado. En teoría, cualquiera que se hubiera radicado en el exterior entre 1976 y 1983 podría presentarse como destinatario del resarcimiento.
Y cabe preguntarse, entonces, cómo se podría establecer con certeza quiénes se exiliaron porque estaban amenazados de un riesgo inminente, y quiénes lo hicieron sin que ese riesgo existiera y por razones que no estaban ligadas al terrorismo de Estado ni al de las "formaciones especiales" guerrilleras.
Nos parece, en suma, que la iniciativa que está a consideración de Diputados de la Nación es desacertada y unilateral. No contribuye a algo tan necesario como sería cerrar definitivamente las heridas dejadas por esos años de triste recuerdo.
Al contrario, plantea nuevas y nada deseables cuestiones que, en última instancia, no harán más que alentar más divisiones en una sociedad que ya se encuentra suficientemente castigada.
El Congreso de la Nación debiera destinar su tiempo y su preocupación a una infinidad de otros y grandes problemas que plantean el aquí y el ahora del país, y cuya solución legislativa reviste carácter de urgente. Es lo que espera la comunidad, en última instancia, de sus representantes.
Ahora, el Senado de la Nación aprobó un nuevo proyecto sobre el tema, que ha pasado a Diputados. Este propone el pago de una indemnización de 74,66 pesos por cada día de exilio a los expatriados y a los menores que nacieron fuera del país cuando sus padres debieron escapar.
El autor del proyecto, el senador por Salta Marcelo Díaz Arias, argumentó que el exilio tuvo consecuencias funestas para quienes lo sufrieron, por el desarraigo, la pérdida de la identidad, la ruptura de los lazos familiares y la obligación de reconstruir sus vidas "en condiciones claramente desfavorables".
La norma propuesta, como es fácil advertir, crearía una situación injusta para otros sectores, cuya situación también tuvo características enormemente desfavorables. En efecto, no se ocupa de quienes, al carecer de medios para exiliarse, debieron permanecer en la Argentina, con el riesgo de ser víctimas de los grupos terroristas, tanto estatales como no estatales.
Verdaderos "exiliados internos" quedaron forzados a vivir en una angustia permanente, con la modificación absoluta de lo que hasta entonces constituía su existencia normal, para escapar del peligro de la muerte o de la tortura. Es decir que el mismo argumento que se utiliza para favorecer a los exiliados, podría perfectamente extenderse a todos los que permanecieron, a pesar de todo, en el país.
Tampoco se ocupa la norma de los miles de personas que, antes de instalarse el Proceso de Reorganización Nacional, en 1976, sufrieron las consecuencias de los vientos de trágica intolerancia que, desde el principio de ese decenio, soplaban sobre el país, por obra de la violencia de arriba y de la violencia de abajo.
Además, hay un costado práctico en una legislación como la que se ha proyectado. En teoría, cualquiera que se hubiera radicado en el exterior entre 1976 y 1983 podría presentarse como destinatario del resarcimiento.
Y cabe preguntarse, entonces, cómo se podría establecer con certeza quiénes se exiliaron porque estaban amenazados de un riesgo inminente, y quiénes lo hicieron sin que ese riesgo existiera y por razones que no estaban ligadas al terrorismo de Estado ni al de las "formaciones especiales" guerrilleras.
Nos parece, en suma, que la iniciativa que está a consideración de Diputados de la Nación es desacertada y unilateral. No contribuye a algo tan necesario como sería cerrar definitivamente las heridas dejadas por esos años de triste recuerdo.
Al contrario, plantea nuevas y nada deseables cuestiones que, en última instancia, no harán más que alentar más divisiones en una sociedad que ya se encuentra suficientemente castigada.
El Congreso de la Nación debiera destinar su tiempo y su preocupación a una infinidad de otros y grandes problemas que plantean el aquí y el ahora del país, y cuya solución legislativa reviste carácter de urgente. Es lo que espera la comunidad, en última instancia, de sus representantes.




