Monotributo.
La actualización semestral prevista en la Ley de Medidas Fiscales de 2024, basada en el índice de precios al consumidor (IPC), impacta a partir de julio en el Impuesto a las Ganancias y al Monotributo. Esta medida busca compensar el efecto de la inflación del 15,1% registrada en el primer semestre del año.
Impuesto a las Ganancias: ¿Quiénes quedan exentos?
A partir de este mes, se elevan los umbrales salariales que determinan quiénes deben tributar Ganancias. Un empleado en relación de dependencia, sin hijos ni otras deducciones, quedará exento si su salario bruto mensual no supera los $2.624.000 (aproximadamente $2.178.000 netos). Para empleados con hijos, los topes son:
-Un empleado con dos hijos: $3.054.000 brutos ($2.535.000 netos).
-Trabajadores casados con dos hijos: $3.464.000 brutos (cerca de $2.890.000 netos).
Los sueldos que superen estos montos estarán sujetos a las escalas progresivas de Ganancias, con alícuotas que van del 5% al 35%. Los empleadores deberán recalcular los descuentos retroactivamente.
ARCA y las deducciones detalladas
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que reemplaza a la AFIP, publicará próximamente la tabla actualizada con los valores definitivos. Esta tabla detallará no solo los mínimos no imponibles y las escalas, sino también los montos máximos deducibles por:
* Hijos menores de 18 años o incapacitados.
* Cónyuge sin ingresos significativos.
* Alquiler de vivienda (con condiciones).
* Servicio doméstico.
* Medicina prepaga y honorarios médicos.
* Donaciones.
* Seguros de vida o retiro.
* Gastos de educación.
* Intereses de préstamos para vivienda (con un tope poco significativo).
* Indumentaria y equipamiento laboral específicos.
Monotributo: cambios en facturación y cuotas
Las modificaciones en el Monotributo afectan tanto los límites de facturación como las cuotas mensuales.
* Facturación: la escala A aumenta de $7.813.063 a $8.992.835 anuales. El tope máximo se eleva de $82.370.281 a $94.808.193.
* Cuotas: aumentan un 15,1%. La categoría inicial pasa a $37.086 y la B a $42.217.
Estos nuevos valores para el Monotributo entrarán en vigor en agosto. La cuota de julio (con vencimiento el 21) no se verá afectada. ARCA establecerá el 5 de agosto como fecha límite para la recategorización.
Recategorización del Monotributo:
* Los contribuyentes deben revisar su actividad económica y, si detectan variaciones en ingresos, alquileres, superficie utilizada o consumo eléctrico, deben modificar su categoría.
* Quienes mantengan la misma categoría o tengan menos de seis meses de actividad no deben realizar ningún trámite.
* ARCA puede recategorizar de oficio a los monotributistas que no cumplan con los requisitos o presenten inconsistencias.
Los deducciones de Ganancias
Todas las deducciones para Ganancias deben registrarse en el Formulario F572Web a través del sistema Siradig Trabajador en la web de ARCA. Sólo las partidas correctamente informadas serán consideradas en la liquidación anual y en los descuentos mensuales.
Los objetivo de las actualizaciones
El mecanismo semestral de actualización busca evitar que los trabajadores tributen por meros incrementos nominales causados por la inflación. El ajuste impacta tanto en Ganancias como en el Monotributo.
Cambios para autónomos
Las nuevas reglas también alcanzan al régimen general de autónomos, aunque los efectos se trasladan a los meses venideros por la mecánica de declaración y pago que rige para los inscriptos en ese esquema.







