Profundizarán controles en la venta de granos

Establecen la obligatoriedad de informar diariamente todas las operaciones que superen las 40.000 toneladas.

29 Marzo 2005
BUENOS AIRES.- El Gobierno lanzó un estricto mecanismo de control de evasión en la cadena de comercialización de cereales, el cual contempla la obligatoriedad de informar diariamente todas las operaciones que superen las 40.000 toneladas. El nuevo sistema de control impositivo crea una carta de porte, en lugar del remito, donde deberán ser registradas las operaciones desde la salida del campo hasta la exportación. El uso de este nuevo instrumento es obligatorio inclusive para los productores que podían trasladar la cosecha dentro de un radio de 50 km, que hasta ahora estaban exceptuados.
Los nuevos controles abarcarán todo el transporte de granos, incluso por trenes y barcazas, según dijo el ministro Roberto Lavagna en una conferencia de prensa que brindó, en la Secretaría de Agricultura, junto al secretario del área, Miguel Campos; el administrador federal de Ingresos Públicos, Alberto Abad, y el titular de la Oficina Nacional de Control de Comercialización Agropecuaria (Oncca), Marcelo Ríos. El titular de Hacienda reiteró su negativa a la reducción de las retenciones a las exportaciones de granos "hasta que se conozcan de manera individual clara y precisa" todos los operadores del mercado que deben tributar impuestos. Aclaró que las retenciones sólo podrán ser reemplazadas por un sistema más refinado de impuestos hasta que se vaya eliminando gradualmente la evasión.
LA GACETA consultó a los principales operadores de granos de Tucumán, quienes expresaron la necesidad de estudiar las nuevas disposiciones para saber el impacto de la medida en el sector granario de la provincia.
La nueva carta de porte tendrá un nuevo diseño y medidas de seguridad, además del CUIT, y deberá identificar el tipo de productor, operador, acopiador, molinos industriales y exportadores. Para que un productor pueda obtener la carta por la cual podrá comercializar su cosecha, deberá estar inscripto en la AFIP y en la Oncca.
El operador de granos deberá regularizar su situación en la AFIP, estar inscripto en la Oncca y explotar una planta para que se le pueda vender la carta de porte. El transporte ferroviario deberá utilizarla y además se establece la obligación de inscribir en Agricultura los depósitos de granos fijos y transitorios.
También serán reemplazados los actuales libros de movimientos mensuales y anuales por otro, en el que los productores deberán inscribir todos los movimientos diarios para identificar la salida del grano desde el campo hasta la exportación. (NA)

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