La nueva receta de medicamentos.
La Justicia ordenó suspender la venta de medicamentos fuera de las farmacias. La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal dispuso frenar el expendio de analgésicos y antiácidos fuera del ámbito farmacéutico por considerar que supone riesgo sanitario.
La Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal suspendió 10 artículos del DNU 70/2023 que afectaban la actividad farmacéutica y la venta de medicamentos.
El fallo, en respuesta a una medida cautelar presentada por la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y la Federación Farmacéutica de la República Argentina (Fefara), dejó sin efecto la venta de dos tipos de medicamentos, analgésicos y antiácidos, fuera de las farmacias, algo que el DNU había habilitado.
En farmacias habilitadas
La medida ordena la suspensión de los artículos 313, 314, 315, 316, 317, 319, 320, 321, 323 y 324 del DNU 70/2023 y de sus reglamentaciones y modificatorias posteriores. Con la suspensión judicial, vuelve a regir el régimen anterior: estos medicamentos solo podrán comercializarse en farmacias habilitadas bajo la supervisión de profesionales farmacéuticos.
La resolución judicial deja sin efecto el artículo del decreto que habilitaba a un farmacéutico a estar a cargo de más de un local de expendio.
El fallo fue firmado por los jueces Clara Do Pico, Liliana Heiland y Rodolfo Facio. Los magistrados argumentaron que el DNU afectaba derechos fundamentales vinculados al ejercicio profesional de los farmacéuticos y al acceso seguro de la población a los medicamentos. “La materia involucrada en la actividad farmacéutica trasciende los aspectos económicos o comerciales”, señalaron los jueces en línea con lo expresado en fallos anteriores de la Corte Suprema.
Una lógica comercial
A través de un comunicado, la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) expresó que “la sentencia reconoce que la actividad farmacéutica no puede reducirse a una lógica comercial, y reafirma, en línea con el precedente “Farmacity” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que el expendio de medicamentos es una función sanitaria indelegable que requiere la presencia, control e independencia profesional del farmacéutico".
Por su parte, la Federación Farmacéutica de la República Argentina (Fefara) consideró que, a partir del fallo, “vuelve al ámbito de la farmacia la responsabilidad de la compra, la conservación, la dispensa y el consejo farmacéutico en el mostrador”.







