El fiscal pide enjuiciar al dueño de “Las Pirámides”

El fiscal pide enjuiciar al dueño de “Las Pirámides”

Próspero Marcelo Sosa, que construye un barrio privado dentro del un predio de la UNT, está procesado por desobediencia a la autoridad.

ÁRBOLES TALADOS. En el operativo de la Justicia en el interior de “Las Pirámides” se encontró que se habían cortado ejemplares del bosque nativo ÁRBOLES TALADOS. En el operativo de la Justicia en el interior de “Las Pirámides” se encontró que se habían cortado ejemplares del bosque nativo

Próspero Marcelo Sosa, quien administra el barrio privado “Las Pirámides” erigido dentro del predio del parque Sierra de San Javier de la Universidad Nacional de Tucumán (UNT), podría ser llevado a juicio por desobediencia a la autoridad. Así lo requirió el fiscal federal José Agustín Chit en la causa que le inició la UNT a Sosa por haber ignorado el reclamo de la Justicia para que no siguiera abriendo caminos y desmontando el bosque nativo en el predio.

“Las Pirámides” se encuentra en lo alto del cerro, al sur de San Javier, en el km. 28 de la ruta 338, en el límite con Villa Nougués. Es la parte sur del parque Sierra de San Javier, que se extiende desde la ruta en bajada hacia el oeste, en dirección al río San Javier. Próspero Sosa, que vive en ese lugar desde hace mucho tiempo –él afirma que su padre vivió allí y que él tiene derecho de posesión- desconoce la entidad de la Universidad, que tiene títulos de esos terrenos, que fueron expropiados por la Nación para la la UNT en 1948. La casa de altos estudios le inició a Sosa querella por usurpación en 1998 y 10 años después, por falta de acción de la causa, esta fue desestimada por la Justicia, que sobreseyó al ocupante. Dos años después, en 2010, Sosa –que considera que le corresponden unas 4.600 hectáreas de esa zona- había comenzado a hacer su barrio privado y había vendido los primeros terrenos.

Incidente

En 2018, a raíz de un incidente reportado por unos visitantes a la cascada “El salto de la corzuela”, ubicada en ese predio junto al río San Javier -esas personas fueron expulsadas del lugar por hombres armados- la UNT advirtió que se estaban vendiendo por internet los lotes de “Las Pirámides” y que ya se habían construido unas 30 casas. Entonces inició ante la Justicia federal una nueva querella reivindicatoria en busca de recuperar el predio, advirtiendo que el predio estaba en zona de bosque nativo, que debe recibir total protección ambiental. En el marco de esa causa el juez federal dictó una resolución mediante la cual se le ordenó a Sosa y a toda otra persona que invoque algún tipo de interés particular “suspender de inmediato, toda construcción de vivienda, tala de árboles y de toda especie vegetal, parquizado de terreno y cualquier otra acción que deprede el sector “.

“LAS PIRÁMIDES”. Las casas del barrio, en la parte alta del cerro. “LAS PIRÁMIDES”. Las casas del barrio, en la parte alta del cerro.

La UNT pidió luego medidas para demostrar que el ocupante siguió desmontando, haciendo caminos y construyendo –se considera que ya se han erigido unas 50 viviendas- y por ello en 2022, tras una medida en la que se secuestró vehículos y material de construcción se hizo la nueva querella por desobediencia a la autoridad.

El fiscal dijo que “pese a estar debidamente notificado Sosa desobedeció la manda judicial impartida, y continuó vendiendo lotes, ingresando maquinaria, herramientas, materiales de construcción en el lugar objeto de tutela. Cuestión sumamente relevante es que, como resultado de las acciones desarrolladas en violación de la orden judicial, se construyeron 27 viviendas nuevas, en ‘Las Piramides’ ”.

El fiscal pide enjuiciar al dueño de “Las Pirámides”

Conclusión

En consecuencia, consideró que “la conducta desplegada por Próspero Marcelo Sosa se encuadra en lo tipificado por el art. 239 del Código Penal Argentino en su calidad de autor: “Será reprimido con prisión de quince días a un año el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquel o en virtud de una obligación legal”. Tras concluir que ya ha terminado la investigación respectiva, solicita que la causa por desobediencia “sea elevada a juicio oral y público”.

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