Podrán recibir cadena perpetua quienes cometan femicidio

Podrán recibir cadena perpetua quienes cometan femicidio

Se aprobó la modificación al Código Penal que eleva las penas para quien asesine a mujeres por su condición de tales. Se define el crimen por violencia de género.

CAMPAÑA. Los femicidios aumentaron en un 22% en los últimos tres años y se convirtieron en uno de los principales problemas sociales de Argentina. FOTO TOMADA DE VOCESENREBELDIA.BLOGSPOT.COM.AR CAMPAÑA. Los femicidios aumentaron en un 22% en los últimos tres años y se convirtieron en uno de los principales problemas sociales de Argentina. FOTO TOMADA DE VOCESENREBELDIA.BLOGSPOT.COM.AR
15 Noviembre 2012
BUENOS AIRES.- La Cámara de Diputados de la Nación convirtió en ley una modificación al Código Penal, por la cual podrán recibir reclusión perpetua quienes cometan femicidio. En la sesión especial de ayer se rechazó una propuesta del Senado y se apoyó en forma unánime la iniciativa original, que modifica el artículo 80 del Código Penal.

El texto, respaldado por unanimidad (222 votos), propone incorporar la figura del femicidio en el Código Penal como un tipo agravado de homicidio, que establece "agravantes por el vínculo" y descarta el uso de atenuantes cuando el hombre tenga antecedentes por violencia.

La votación no tuvo discursos ni debate. Los diputados simplemente rechazaron el proyecto que el mes pasado recibió -con cambios- media sanción del Senado y convirtieron en ley el texto original, con el voto de los dos tercios de los presentes.

Ya en el plenario de comisiones de la Cámara baja, en octubre pasado, todos los bloques se opusieron a la propuesta del Senado porque no contemplaba las relaciones de noviazgo y requería la convivencia para penalizar de manera agravada la muerte de la persona unida en pareja.

La iniciativa aprobada ahora amplía el alcance del delito porque califica también el "femicidio vinculado", que condena a quien cometa un homicidio "con el propósito de causar sufrimiento a una persona con la que se mantiene o ha mantenido una relación".

El Frente para la Victoria (FpV), la UCR, el Frente Amplio Progresista (FAP), el Frente Peronista y la Coalición Cívica (CC) apoyaron el texto original.

La organización feminista Casa del Encuentro destacó la aprobación de la nueva norma. "Lo importante de esta ley es que produce un reconocimiento sobre la existencia de este delito y sus características particulares. De este modo, desde las leyes estamos diciendo qué tipo de conductas no son aceptadas y por ende sancionadas", señaló la organización.

"La violencia de género es un delito y es una causa de Derechos Humanos básicos para vivir una vida libre de violencia", señalaron Fabiana Tuñez, coordinadora general de la entidad, y Ada Rico, su presidenta.

Qué dice la nueva ley
La modificación al artículo 80 del Código Penal establece expresamente prisión perpetua al hombre que "matare a una mujer o a una persona que se autoperciba con identidad de género femenino y mediare violencia de género".

Además, el inciso 1 determina que "tendrá pena de reclusión perpetua o prisión perpetua (...) el que matare a su ascendiente, descendiente, cónyuge, ex cónyuge, o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia".

La norma define al femicidio como "un crimen hacia una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género" e incluye como causales "placer, codicia, odio racial, religioso, de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión".

"Cuando en el caso mediaren circunstancias extraordinarias de atenuación, el juez podrá aplicar prisión o reclusión de ocho a veinticinco años", sostiene también la ley, pero advierte que esa condena "no será aplicable" a quien hubiera realizado anteriormente actos de violencia contra la mujer-víctima. (Télam)

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