El Colegio de Abogados irá a los Tribunales contra la Ley 8.136

El Colegio de Abogados irá a los Tribunales contra la Ley 8.136

La comisión directiva tomó la decisión política de judicializar la norma.

27 Noviembre 2008

El Colegio de Abogados de Tucumán impugnará judicialmente la Ley 8.136, por la cual se autoriza al Poder Ejecutivo a designar directamente -sin ninguna selección previa- a jueces interinos para cubrir vacantes en el Poder Judicial.
El consenso se dio entre los 16 miembros de la comisión directiva de la entidad, que resolvieron ayer declararse en sesión permanente.
“Analizamos todos los medios disponibles para que se deje sin efecto esta norma. El consejo directivo del Colegio, en pleno, está preocupado por los alcances de esta ley”, puntualizó el presidente de la entidad, Antonio Bustamante.
“Queremos que Tucumán tenga magistrados constitucionales y no jueces precarios, designados a dedo y viciados por la ilegitimidad de sus nombramientos. Pretendemos que la Corte resuelva lo más pronto posible el recurso extraordinario deducido por el Colegio y que ejerza todas las facultades que le corresponden, por la Constitución y por ley, para el gobierno y la representación del Poder Judicial”, dijo.
El secretario de la institución, Francisco García Posse, precisó a LA GACETA que ayer se tomó la decisión política de impugnar judicialmente el sistema de jueces subrogantes, sancionado y promulgado hace una semana.
“Ahora estudiamos cuál es la vía jurídica para hacer cuanto antes la presentación. La determinación está tomada y hubo una coincidencia plena al respecto”, puntualizó.

Planteo de la oposición
También estudia el planteo para impugnar judicialmente la Ley 8.136 es el legislador Esteban Jerez, quien cuestiona, esencialmente, la naturaleza de la designación de los jueces interinos.
“No se cumple con ninguno de los requisitos impuestos por la Corte nacional y por la Corte provincial”, manifestó el opositor.
“En el orden federal, el supremo tribunal estableció, en la causa ‘Rosza, Carlos Alberto s/ casación’, que los jueces, sean titulares o subrogantes, son jueces: no hay categorías distintas, ya que todos pueden decidir sobre la vida, el honor y el patrimonio de las personas. Por eso, aún los designados para cubrir transitoriamente una vacante deben pasar por el Consejo de la Magistratura, el Ejecutivo y el Senado”, ejemplificó.
“En cambio, el gobernador (José Alperovich) elige a dedo y remite el pliego a la Legislatura. Se va a violar el debido proceso legal y sustantivo, y se va a birlar el derecho del justiciable de ser juzgado por el magistrado natural”, contrastó.
Jerez recordó, además, que la Corte tucumana declaró inconstitucional que la Carta Magna de 2006 hiciera del Consejo Asesor de la Magistratura un satélite del Ejecutivo. “Sin embargo, la Ley 8.136 delega por completo la designación de jueces temporarios en el gobernador”, concluyó.

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