Novedades en tratamientos de la obesidad

Más personas podrán acceder a una cirugía bariátrica. También se cubre para tratar diabetes.

OBRAS SOCIALES. Amplían la cobertura de las prestaciones obligatorias. OBRAS SOCIALES. Amplían la cobertura de las prestaciones obligatorias.
10 Agosto 2022

Hasta hace pocas semanas, casi la mitad de los pacientes que solicitaban a obras sociales y prepagas autorización para una cirugía bariátrica eran rechazados por no cumplir los requisitos estipulados por la reglamentación de la Ley de Obesidad (Nº 26.396). Pero el 22 de julio todo cambió: el Ministerio de Salud de la Nación publicó en el Boletín Oficial la Resolución 1.420 (2022), que dispone actualizar las prestaciones que habían sido incorporadas en 2009 al Programa Médico Obligatorio (PMO) para la cobertura de trastornos alimentarios.

El fundamento: “el avance de las técnicas quirúrgicas y la evidencia que incorporan prácticas y tratamientos destinados a personas con obesidad”, resalta el documento. Y el objetivo: “garantizar el seguimiento y fortalecer la terapéutica”, destaca el texto oficial, formulado en conjunto y con el consenso de la Asociación Argentina de Cirugía (AAC) y la Sociedad Argentina de Cirugía de la Obesidad (SACO).

Nuevas claves

“Fundamentalmente, la actualización está enfocada en los criterios de cobertura para los tratamientos quirúrgicos de la obesidad, es decir , de la cirugía bariátrica”, señaló Jorge Harraca, presidente de la SACO.

Resaltó que la ampliación de la cobertura favorecerá además el acceso de las personas con diabetes a la cirugía bariátrica: se ha demostrado que permite la remisión o la mejoría de la diabetes tipo 2 en el 85%. “Esta posibilidad genera muchos beneficios en el control de la enfermedad”, dijo el especialista.

Los cuatro pilares

• Se amplió en rango de edad para acceder al tratamiento, que ahora es de 18 a 70 años (antes era de 21 a 65 años).

• Ya no es necesario que a un índice de masa corporal (IMC) de 35 (obesidad severa) se sumen dos comorbilidades, sino sólo una de estas: diabetes tipo 2; hipertensión arterial; apnea/hipopnea obstructiva del sueño; o enfermedad articular con gran limitación funcional. “Si el IMC es de 40, no es necesaria comorbilidad alguna”, aclaró Harraca.

• Se redujo a un año (eran dos) el tiempo previo de intentar bajar de peso bajo supervisión médica con método no quirúrgico sin éxito (o con éxito inicial, pero recuperación del peso perdido).

• El gran avance se refiere a la continuidad del tratamiento: cubre el control mensual de seguimiento postoperatorio durante el primer año con equipo interdisciplinario (especialistas en nutrición, psicología y cirugía).

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