Nuevo haber mínimo para jubilaciones con los 30 años de aportes efectivos

Nuevo haber mínimo para jubilaciones con los 30 años de aportes efectivos

Desde diciembre de 2017, con la reforma previsional, se estableció que los beneficiarios que alcancen la prestación previsional con 30 años de servicios con aportes efectivos o más, percibirían un haber mínimo del 82% del salario mínimo vital y móvil o el haber mínimo garantizado por el sistema, el que fuera mayor.

En esta ocasión se determinó un aumento en el salario mínimo vital y móvil a partir del mes de agosto, el cual será de $ 47.850, por lo cual el 82% sería un monto mayor al haber mínimo actual garantizado por el sistema previsional.

Hasta agosto y por aplicación de la Ley de Movilidad Previsional, el haber mínimo es de $ 37.525 y el 82% del salario mínimo vital y móvil es de $ 39.237; por ende, desde este mes los beneficiarios que hayan accedido a la prestación previsional con todos los requisitos (sin haber utilizado algunas de las leyes de moratoria previsional) tendrán una nueva garantía de haber mínimo; lo cual representa en sus haberes un aumento de $ 1.712.

A partir de estos montos, se seguirán aplicando los ajustes trimestrales conforme a la movilidad previsional y, por supuesto, se mantendrán dos haberes mínimos hasta la determinación de un aumento del salario mínimo vital y móvil, momento en el cual se determinará si siguen coexistiendo ambos o se unificarán, de acuerdo al que resulte más beneficioso para este universo de beneficiarios.

Por otra parte, durante la semana pasada se anunció que el 10 de agosto se publicará el porcentaje a aplicar en las jubilaciones, pensiones, asignaciones y pensiones no contributivas que por movilidad corresponda al mes de septiembre de 2022 y, eventualmente, se podría llegar a anunciar algún bono extra si es que los haberes quedasen por debajo del índice inflacionario. Esto ocurrió con los aumentos en lo que va del año, situación que llevó al Gobierno nacional a otorgar bonos extraordinarios para beneficiarios que perciben hasta uno o dos haberes mínimos en los meses de abril y mayo, respectivamente.

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