Identidad de género: cuáles son los alcances de la novedosa resolución

Identidad de género: cuáles son los alcances de la novedosa resolución

Para ser nombrados en función de su identidad autopercibida los alumnos no necesitarán la presencia de la madre o el padre

28 Septiembre 2021

Cinco preguntas sobre la medida

- ¿Cuál es el objetivo de la resolución y cuáles son los derechos que reconoce?

- Ana López, directora de Participación entre Familia del Ministerio de Educación, explicó que surgió con el fin de brindar a una respuesta a necesidades que están presentes en las escuelas, en casos de adolescentes y niños que están transicionando en cuanto a su identidad de género. “Ante cada situación, el equipo de Educación Sexual Integral (ESI) acompaña en qué se debe hacer. Hay muy buena voluntad. Pero en ocasiones no se sabe el alcance de lo que plantea la Ley de Identidad de Género, y se solicita asesoramiento. A raíz de estas situaciones esporádicas, se vino haciendo un trabajo para que todo el sistema educativo conozca qué plantea la Ley de Identidad de Género”, dijo.

- ¿Hace falta cambiar el DNI para que se reconozca el derecho a la identidad autopercibida en el ámbito escolar?

- Los estudiantes pueden tener o no el cambio de DNI, y lo mismo tienen derecho a ser tratados en función de su identidad autopercibida. Para ello se decidió armar una Guía de Buenas Prácticas de Diversidad, con situaciones concretas y la declaración jurada (dd.jj.), que es un instrumento administrativo mediante el cual cualquier persona en la escuela que haya transicionado en relación a su identidad de género puede decir: ‘soy tal, solicito que se me llame así y se respete mi identidad’. Esto, teniendo o no el cambio registral. Con quienes tienen el cambio de DNI se hace automáticamente. Pero la Ley de Identidad de Género lo prevé también para aquellos casos en los cuales no está efectuado ese trámite.

- ¿Cuándo tiene vigencia la medida?

E- l sistema está operativo hace varios meses. “Venimos trabajando y haciendo capacitaciones con referentes de todo el Ministerio, con equipos técnicos y de orientación y con supervisores”, detalló López. Por ello, agregó, se estableció como único requisito la presentación de la ddjj, que está adjunta a la resolución 1.073/21 y sólo requiere que se completen algunos datos personales. “El espíritu de esto no es burocratizar, ni generar un trámite más. En lugar de un pedido verbal, que sea una solicitud a través de una nota. Esta dd.jj. se presenta en la misma escuela”, añadió.

- ¿Qué sucede en el caso de los chicos y chicas menores de 18 años?

- En los casos de cambio de DNI que se venían dando -inclusive antes del dictado de la resolución 1.073-, por lo general los estudiantes llegaban a la escuela acompañados por su madre para requerir el trámite. “Para el cambio de DNI, sí necesitan de la figura (del padre, madre o tutor). Pero, para ser nombrados en función de su identidad autopercibida, no se necesita que venga el padre o la madre”, indicó López. En ese marco, advirtió que se deben evitar los “malentendidos” en relación a esta experiencia. “No es que los niños o adolescentes se levantan un día y dicen ‘quiero que se me nombre como Pablo’. Es un proceso mucho más complejo. Todos tenemos una identidad de género. Nadie está jugando con que un día es una cosa u otra. Puede darse que un adolescente que transiciona y que se presenta en la escuela con otra identidad, no tenga el acompañamiento de la familia. Pero tiene derecho a ser nombrado en función de su identidad autopercibida. Una de las mayores exclusiones que vive la comunidad trans se da también dentro de la familia”, explicó.

- ¿La falta de reconocimiento a la identidad de género es un motivo de éxodo escolar?

- “Si (el alumno o alumna) no está justamente acompañado y contenido, puede ser un motivo de exclusión y de deserción. Por suerte, en las situaciones que venimos observando, la escuela acompaña y se hace eco para que continúe la trayectoria educativa, para que la orientación no sea un factor de exclusión. Las distintas experiencias vienen demostrando que, trabajándolo con las familias, no genera ningún tipo de conflicto. De hecho, no hubo ninguna situación pública relacionada a estos casos, y eso fue porque no hubo conflictos. Se respetó tal como se plantea en la Ley de Identidad de Género”, aseveró la funcionaria. Además, explicó que no se presentaron resistencias en los ámbitos en los cuales se llevaron adelante estos procesos. “Cuando trabajás con equipos directivos, de supervisión, al contrario, se genera una gran empatía”, indicó.

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