La AFIP determinó feria fiscal para esta semana

La AFIP determinó feria fiscal para esta semana

La medida, que rige hasta el viernes, inclusiva, implica la suspensión del cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes en distintos procedimientos administrativos.

MEDIDA. Busca impulsar a la industria, que cuenta con miles de empleos en todo el país. MEDIDA. Busca impulsar a la industria, que cuenta con miles de empleos en todo el país. ARCHIVO
26 Mayo 2021

Las autoridades de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunciaron hoy una nueva feria fiscal para esta semana, que regirá hasta el 28 de mayo, inclusive. La medida implcia la suspensión del cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes en distintos procedimientos administrativos.

La feria alcanza a determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras e intimaciones de pago, entre otros, precisaron las autoridades de la dependencia, mediante un comunicado.

No obstante, la resolución -que será publicada en el Boletín Oficial- mantiene habilitada la posibilidad de realizar fiscalizaciones sobre los contribuyentes alcanzados por el Aporte solidario y extraordinario.

La suspensión de los plazos tampoco alcanza a las fiscalizaciones electrónicas, aquellos controles y verificaciones no presenciales que se tramitan íntegramente online.

También quedan exceptuados de la feria fiscal los procedimientos que realiza la AFIP por precios de transferencia así como aquellas fiscalizaciones realizadas en función de la información proporcionada por la OCDE sobre cuentas de argentinos en el exterior.

La decisión del ente recaudador está en línea con las medidas de restricción de la circulación tendientes a proteger la salud de la población, mitigar la propagación del virus y evitar el colapso del sistema sanitario dispuestas por el Gobierno nacional.

"La feria fiscal consiste en la extensión de todos los plazos procedimentales en materia impositiva, aduanera y de la seguridad social", explicaron voceros del organismo.

La medida no suspende las acciones de la AFIP, pero, durante su vigencia, quedan en suspenso el cómputo de los plazos que rigen para la respuesta de los contribuyentes a los requerimientos del organismo.

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