Confirman que en Tucumán subirá la tarifa de la luz en dos tramos

Confirman que en Tucumán subirá la tarifa de la luz en dos tramos

El incremento será cercano al 37%, pero subsidiarán a 160.000 usuarios residenciales.

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La próxima tarifa del servicio de electricidad llegará con un incremento promedio del 23,4%, pero no será el único. Para abril se espera otro reajuste, del 13,6%, en el marco del proceso de Revisión Integral de la Tarifa. 

La decisión se adoptó luego de la audiencia pública en la que la Empresa de Distribución de Electricidad de Tucumán (EDET) había solicitado la revisión tras un período de casi 30 meses sin que se tocaran los valores de las facturas que se distribuyen en la provincia, referidos a este punto del contrato que la Provincia y la distribuidora firmaron hasta el 2025. 

El Ente Único de Control y Regulación de Servicios Públicos de Tucumán (Ersept) dio a conocer el nuevo cuadro tarifario y emitió una resolución, de más de 150 fojas, en la que argumentó las razones del incremento. 

Con estos incrementos, el valor del servicio, en su componente provincial, no registrará otros movimientos, salvo que el Gobierno nacional establezca reajustes por otros ítems. Según el Poder Ejecutivo provincial, el aumento autorizado es inferior a lo que solicitaba la empresa (cerca del 59%).

La decisión fue confirmada por el ministro de Desarrollo Productivo, Juan Luis Fernández, quien expresó que la compañía que, a partir de estos aumentos, asumió el compromiso de invertir cerca de $ 9.700 millones en los próximos cinco años tanto para la distribución como para el transporte de la energía eléctrica. 

Paralelamente, el gobernador Juan Manzur tiene previsto anunciar medidas que tienden a evitar el impacto tarifario en los sectores sociales más vulnerables. En ese marco, se prevé que el subsidio social alcance a unos 160.000 usuarios residenciales (entre el 35% y el 37% del total empadronado en todo el territorio provinicial) en un universo de 680.000 personas. 

El beneficio se encuadraría en el marco de los requisitos establecidos por el decreto nacional 311/2020, como es el caso de Blos beneficiarios y beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo; de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil; usuarios inscriptos y usuarias inscriptas en el Régimen de Monotributo Social; jubilados y jubiladas; pensionadas y pensionados; y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles, entre otros.

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