La Corte frenó el traslado de camaristas y la oposición festejó

La Corte frenó el traslado de camaristas y la oposición festejó

El máximo tribunal aceptó el per saltum planteado por los jueces Castelli, Bruglia y Bertuzzi en rechazo a una decisión del Senado.

FRENTE AL PALACIO DE JUSTICIA.  Hubo una concentración en defensa de las pretensiones de los camaristas. twitter FRENTE AL PALACIO DE JUSTICIA. Hubo una concentración en defensa de las pretensiones de los camaristas. twitter
30 Septiembre 2020

La decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de aceptar el per saltum planteado por los camaristas federales Germán Castelli, Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi fue recibido con satisfacción la dirigencia nacional de Juntos por el Cambio y con severas críticas por parte del kirchnerismo duro. Sin embargo, aún resta definirse la cuestión de fondo. La medida, de todas formas, sorprendió por la unanimidad con la que se aprobó, si bien el presidente del alto tribunal, Carlos Rosenkrantz, justificó su voto en graves términos.

De esta manera, hasta que se analice la constitucionalidad de la medida del Gobierno, el fallo suspendió los traslados de los jueces que había dispuesto el Senado. A la vez ordenó al Consejo de la Magistratura que no avance en el proceso de cubrir sus vacantes. La medida constituye un serio revés para el presidente, Alberto Fernández -que se había pronunciado en contra de la reunión de la Corte-, y para la vicepresidenta, Cristina Fernández, que desde el Senado había motorizado el regreso de los camaristas a los cargos que ocupaban en 2017 y 2018, y de los que fueron removidos por decisión del ex presidente Mauricio Macri. Justamente, estos camaristas intervinieron en causas de corrupción en la que la ex jefa de Estado aparece involucrada.

Quien sintetizó el sentimiento opositor fue Elisa Carrió, quien escribió en su cuenta de Twitter: Ay! La República está muy, muy feliz. ¡ Gracias a Dios!”.

La Corte apuntó que debía intervenir de manera extraordinaria al entender que estaba en peligro la protección de los derechos de los tres jueces. La decisión de máximo tribunal se produjo mientras se realizaba, fuera del palacio de Justicia, una movilización de manifestantes en favor de que se avalasen los planteos de los magistrados.

Pasado el mediodía, por unanimidad, la Corte señaló que las cuestiones planteadas exceden el interés de las partes y que el asunto atañe a la comunidad al declarar admisible el recurso de Castelli, Bruglia y Bertuzzi. La resolución fue firmada por Juan Maqueda, Elena Highton, Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Rosenkrantz, quien lo hizo con fundamentos propios. La decisión incluye la notificación de las demandas al Estado nacional para que responda en un plazo de 48.

Recordó que “al momento de la interposición del remedio extraordinario per saltum ante el Tribunal, las partes habían hecho ejercicio de sus derechos presentado sendos recursos contra las decisiones judiciales en el fuero Contencioso Administrativo Federal.

“Asimismo -destacó-, es preciso reconocer que el planteo constitucional ventilado en estas actuaciones excede el mero interés de las partes en el presente proceso y atañe al de la comunidad, desde que está en juego la interpretación constitucional de los traslados de los jueces federales”.

Gravedad institucional

En su voto, Rosenkrantz aludió a gravedad institucional del momento. “La cuestión a decidir no se reduce únicamente a si un determinado traslado de jueces resulta constitucionalmente válido o no. Si así fuera, sería muy dudoso que se justificase la intervención de esta Corte saltando las instancias normales de decisión”, escribió.

“Por el contrario, y más fundamentalmente, esta causa también versa acerca de la validez constitucional de la revisión retroactiva de un mecanismo por el cual un importante número de jueces, quienes cuentan con acuerdo del Senado, han sido designados en diversos tribunales del Poder Judicial de la Nación y en los cuales han venido desempeñando sus funciones durante diversos períodos de tiempo, en algunos casos muy prolongados”, prosiguió.

“Por ello -deslizó- es una causa en la que podría estar en juego la inamovilidad de los jueces nacionales, es decir, el derecho a permanecer en sus empleos mientras dure su buena conducta”. Respecto de los jueces, señaló: “de asistirles razón a los recurrentes, esta situación podría constituir una grave afectación de la inamovilidad de todos los jueces que se encuentran en similares condiciones, lo que muestra el impacto sistémico de la decisión a la que en definitiva se arribe”.

“Es inocultable entonces -agregó- que el caso reviste una gravedad institucional inusitada, pues en su decisión se encuentra comprometida una institución básica del sistema republicano, cual es, la independencia del Poder Judicial que el artículo 110 de la Constitución nacional busca asegurar no solo en favor de los magistrados sino, fundamentalmente, en beneficio de la totalidad de los habitantes de la Nación”.

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