Es hora de ponerle un límite a la impunidad y a la corrupción

Es hora de ponerle un límite a la impunidad y a la corrupción

Por Carmen Fontán, constitucionalista.

30 Septiembre 2020

La Corte Suprema de Justicia de la Nación por unanimidad resolvió ayer declarar admisible el recurso extraordinario “per saltum” interpuesto por los Camaristas Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia contra la sentencia de la jueza de primera instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N° 5 que había rechazado el amparo articulado por estos jueces contra el Estado Nacional y el Consejo de la Magistratura de la Nación. Los amparados accionaron con el objeto de que se dispusiera la inconstitucionalidad y nulidad de la Resolución 183/200 del Plenario de dicho Consejo que, por la ajustada mayoría de 7 a 6, resolvió declarar que sus traslados desde Tribunales orales federal a la Sala Ia. de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal no había completado el procedimiento constitucional del artículo 99 inc. 4 CN (propuesta del Ejecutivo y acuerdo del Senado), conforme jurisprudencia de la Corte Federal y Acordadas de ese cuerpo Nros. 4 y 7 de 2018. Simultáneamente dispuso la suspensión de la sentencia apelada.

Los principales fundamentos para abrir esta vía recursiva excepcional son: a) Todos los habitantes de la Nación tienen derecho constitucional y convencional de acceso a la justicia y de tutela judicial efectiva; b) No basta la sola existencia legal del recurso, la respuesta judicial debe ser idónea, oportuna, efectiva y eficaz para los derechos comprometidos en la causa; c) El recurso extraordinario por salto de instancia del art. 257 bis y sigts. del código procesal civil y comercial de la Nación está diseñado como un remedio procesal excepcional para llegar -obviando una instancia recursiva- a la cabeza del Poder Judicial Federal; d) Que como vía excepcionalísima debe ser el único remedio eficaz para el derecho federal comprometido a los fines de evitar perjuicios de insusceptible reparación ulterior; e) que las circunstancias de hecho se modificaron y hay riesgo cierto de que el derecho de los amparistas se torne ilusorio si la Corte no habilita la instancia extraordinaria; f) Que el planteo en este juicio excede el mero interés de las partes y afecta a la comunidad en su conjunto desde que está en juego la interpretación constitucional de los traslados de jueces federales. Las normas que regulan la integración de los tribunales aspiran a contar con una magistratura independiente e imparcial, relacionado con la garantía del juez natural.

El voto del Presidente de la Corte, Rosenkrantz, agrega que la justificación de la intervención del órgano que preside “saltando las instancias normales de decisión” se justifica porque lo que se discute es la validez constitucional de la revisión retroactiva de un mecanismo por el cual un importante numero de jueces, quienes cuentan con acuerdo del Senado, han sido designados en diversos Tribunales del Poder Judicial de la Nación y en los cuales han venido desempeñando sus funciones durante diversos períodos de tiempo, en algunos muy prolongados, poniendo en juego la garantía de la inamovilidad, es decir, el derecho a permanecer en sus empleados mientras dure su buena conducta (art. 110 CN).

Además de los actores del juicio, múltiples jueces han quedado sujetos, actual o potencialmente, a un procedimiento especial para revisar ex post facto sus traslados. Situación que, agregamos, arrasa con el principio medular de la seguridad jurídica.

La paradoja es que la habilitación legal del recurso extraordinario “per saltum” fue iniciativa legislativa de la hoy vicepresidenta de la Nación, antes del famoso paquete de “Democratización de la Justicia”. Como un boomerang todo vuelve.

La última palabra la tiene la cabeza del Poder Judicial Nacional, que tiene en sus manos la gran oportunidad de volver las cosas al cauce institucional y evitar la domesticación del Poder Judicial. Es hora de ponerle un límite a la impunidad y a la corrupción. Las instituciones están al servicio de la gente y no a merced de los gobiernos autoritarios de turno.

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