Fallo a favor de un jubilado: ordenan no descontar Ganancias

24 Julio 2020

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal resolvió ayer que no se descuente el Impuesto a la Ganancias de los haberes previsionales de un jubilado. La medida cautelar tendrá vigencia por seis meses o hasta que se resuelva la “cuestión de fondo”, es decir, si el cobro del tributo implicaba un acto confiscatorio por parte de la AFIP. La medida provisoria fue negada en primera instancia, pero la Sala IV de la Cámara revocó el fallo al considerar que se habían cumplido los requisitos para dictar “la cautelar requerida” por Juan Alberto Dotta.

Dotta expuso que quiere percibir su beneficio previsional “sin ningún menoscabo injustificado”, y aseguró que pagar Ganancias le impide hacer frente a gastos para salud y alimentos.

Los camaristas Marcelo Duffy y Rogelio Vincenti ponderaron el “carácter alimentario de los haberes jubilatorios”, y “el deterioro económico nacional suscitado por las medidas adoptadas para contener la pandemia por Covid-19”. (Télam)

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